Hola Jondalar, ¿Donde te has dejado a Ayla? , jajaja. Buano a lo nuestro. La incapacidad permanente suele derivarse de una enfermedad común o prefesional o accidente ya sea o no de trabajo, tras agotar normalmente la incapacidad temporal y cuando el médico considera que no se va a producir alta por curación. Existen varios grados (parcial, total, abosoluta, gran invalidez). Cada grado supone un porcentaje sobre la base reguradora. Así, la total, por ejemplo es un 55% de dicha base, la absoluta un 100%. No puedo cuantificarte nada porque no se cual es tu base regurladora, y no se que grado de incapacidad te concederían porque desconozco tu proceso o tu dolencia. Te podría asesorar el médico si considera tus lesiones incapacitantes como para solicitar la IP. Con doce años de cotización cubres la carencia necesaria. Si fuera por contingencias profesionales no necesitarias dicha carencia. En un CAISS, te podrian asesorar acerca de la cuantía de la base reguradora pues tienen datos de tus cotizaciones y la base reguladora sale de ahí. CAISS (centro de atencion e informacion de la seguridad social del instituto nacional de la seguridad social