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Foro de Seguridad Social



Prescripción deudas a la seguridad social

Escrito por Pilar
el 17/04/2006

Dejé de pagar la S.S. Como trabajadora autónoma hace más detreinta años , con 7 años cotizados. Al solicitar , recientemente , mi vida laboral veo que me dieron de baja de oficio 10 años despues , apareciendo un listado de cotizaciones de 17 años.

Actualmente tengo 60 años y no he cotizado nada ni estado de alta en los 15 últimos años , ¿Bastaría con darme de alta y cotizar sólo 2 años para tener derecho a una pensión de jubilación?   

¿Existe el derecho a contabilizar los años prescritos de deudas a la S.S. Como años cotizados de cara una pensión de jubilación por edad?


Escrito por Migg
el 17/04/2006

Tu caso es peliagudo desde luego, las deudas con la seguridad social prescriben a los 4 años, pero mas alla de los 4 años, ni puedes volver a pagar las cotizaciones ni las pueden la tesoreria exigir. Pero vamos, no se porque dejaste de pagar y seguiste trabajando, ya sabias que pasaria esto no?

Si en tu vida laboral aparecen cotizados bastantes años, aun asi, si, has de trabajar 2 años dentro de los ultimos 15 años para poder tener derecho.

Escrito por Pilar
el 10/05/2006

No seguí trabajando , dejé de trabajar ,pero , no me dí de baja en la S.S. Porque este tema lo llevaba mi padre y yo me olvidé de ello. Habiendo estado de alta hasta que me dieron de baja de oficio.

El caso es que al darme la vida laboral me aparecen mas años que los que realmente coticé.

La pregunta es sí todos estos años que aparecen en la vida laboral son los que cuentan a la hora de establecer la pensión de jubilación , incluido los prescritos a efectos de cotización , o sólo los que realmente fueron cotizados.

Escrito por Concepcion
el 16/05/2006

Tengo una deuda con la seguridad social desde el año 1997 no he recibido notificacion porque las he devuelto todas , y aun asi sale que tengo esa deuda,ellos alegan que no prescribe porque esta publicada en el BOE. Si alguien puede orientarme se lo agradesco anticipadamente, estoy deseperada porque se que nunca podre pagarla,y ya me embargaron lo que tenia y aun asi sigo debiendo lo mismo , por lo intereses. Por fovor donde puedo ir para informarme si ya ha prescrito, GRACIAS

Alberto
Barcelona, España
Escrito por Alberto
el 08/06/2006
Hola, yo estoy en el mismo caso q Concepcion, tengo una deuda con la SS q yo creo q ya ha caducado pero ahora q me acaban de contratar (estaba de autonomo hasta ahora y de baja de oficio en la SS) y entonces envian carta de embargo a la empresa, tengo entendido q son cuatro años los necesarios para q prescriban las deudas. Alguien me puede orientar. Muchas gracias
Escrito por Anuvis14
el 09/03/2007
Cuando prescribe una deuda lagalmenta con la seguridad social
Escrito por Judith
el 07/04/2007

Hola

Mi pregunta es que desde el año 1997, tengo una deuda con la S. Social, que asciende aprox. A 3000€. Es tan grande, porque tenía un negocio propio,  lo tuve durante un año, pero quebró y después de ese tiempo seguía generando deudas, porque el gestor no me dió de baja, hasta que me dí cuenta y pude parar de alguna forma la deuda.

Actualmente cuando hago la Declaración de la Renta, se me quedan lo que me devuelven (soy mantenedora de mi casa y de momento me sale a devolver) hasta que salde el total de la deuda, Prescribirá ésta deuda algún día o hasta que termine de pagarla en su totalidad? De momento no tengo medios para saldar la deuda por mis propios medios y también la publicaron en el BOE en el año 2002.

Gracias

Noa


Escrito por Tere . C.b.m
el 17/05/2007

Hola tengo una deuda en la s. S desde 1999 y quisiera que alguien me dijera cuando prescribira esta deuda o hasta que no se page no desaparecera.

Muchas gracias.

Manu
Baleares, España
Escrito por Manu
el 03/06/2007

Las deudas con la s. S no prescriven nunca, ellos te dan de baja o alta cuando quieren por decreto, o lo comunican en el boe o boletin autonmico , al hacer cualquier tipo de reclamacion de deuda dentro de los cuatro años, la deuda vuelve a existir.

En una palabra mafia legal.

Carla
España
Escrito por Carla
el 07/06/2007

Hola, yo estoy en una situación parecida a las que estais contando, tengo una gran deduda con la S.S. Desdes hace 8 años de un negocio que no funciono, me embargaron todo lo que tenia y no he vuelto a trabajar, nunca podre pagar! El caso es que necesito ponerme a trabajar y me gustaria saber si me pueden embargar despues de 8 años la nomina

Gracias

Jordi
Girona, España
Escrito por Jordi
el 03/07/2007
Debo dinero de autonomos cuando prescriben
Carmen
Vizcaya, España
Escrito por Carmen
el 14/09/2007
Me han comentado que si no exceso de 30. 000 euros de deuda a la seguridad social no tienen que pedirme aval bancario si es asi donde puedo conseguir un escrito de la seguridad social que asi lo indique.
Alfonso
Sevilla, España
Escrito por Alfonso
el 19/09/2007
Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los cuatro años. Cada vez que te envian una notificación y tu la recibes el plazo vuelve a iniciarse. Si te niegas a recibirlas es igual porque lo publican en el BOE y el efecto es el mismo, si bien en este caso habría que estar pendiente de la caducidad del procedimiento.
Escrito por Andrea Martinez Garcia
el 18/10/2007

Hola.

He pedido la pension de viudedad,llevaba divorciada 17 años y ahora la seguridad social me dice que mi ex-marido tenia una deuda de 12. 000 Euros. De periodos de entre el 1992 y 1998.

Es posible que no haya prescrito?. Y me tenga que hacer yo cargo.

Gracias.

Escrito por Vicente Castaño García
el 20/10/2007

1º ¿Cuándo prescriben las deudas con la seguridad social?

2º ¿Qué tengo que hacer en esta situación?

3º A donde me tengo que dirijir.

4º Que pasos me recomiendan que haga para solucionar esto.

Ruego una respuesta lo antes posible.

Vicente

Francisco Munoz
Experto: juzgado de lo penal
Escrito por Francisco Munoz
el 06/11/2007
"tengo una deuda con la seguridad social desde el año 1997 no he recibido notificacion porque las he devuelto todas , y aun asi sale que tengo esa deuda,ellos alegan que no prescribe porque esta publicada en el BOE. Si alguien puede orientarme se lo agradesco anticipadamente, estoy  deseperada porque se que nunca podre pagarla,y ya me embargaron lo que tenia y aun asi sigo debiendo lo mismo , por lo intereses. Por fovor donde puedo ir para informarme si ya ha prescrito, GRACIAS
"

por CONCEPCION (Mayo 2006)

Es tan sencillo como hacer un escrito en el que solicites aplicando la legislacion vigente  que se te anulen las deudas por prescripcion, este escrito lopresentas en la oficina del gonierno de cantabria para que te lo sellen dirigido a la ss. Asi de facil pues yo ya me he quitado la deuda.


Francisco Munoz
Experto: juzgado de lo penal
Escrito por Francisco Munoz
el 06/11/2007
"
"tengo una deuda con la seguridad social desde el año 1997 no he recibido notificacion porque las he devuelto todas , y aun asi sale que tengo esa deuda,ellos alegan que no prescribe porque esta publicada en el BOE. Si alguien puede orientarme se lo agradesco anticipadamente, estoy  deseperada porque se que nunca podre pagarla,y ya me embargaron lo que tenia y aun asi sigo debiendo lo mismo , por lo intereses. Por fovor donde puedo ir para informarme si ya ha prescrito, GRACIAS
"

por CONCEPCION (Mayo 2006)

Es tan sencillo como hacer un escrito en el que solicites aplicando la legislacion vigente  que se te anulen las deudas por prescripcion, este escrito lopresentas en la oficina del gonierno de cantabria para que te lo sellen dirigido a la ss. Asi de facil pues yo ya me he quitado la deuda.


"

por FRANCISCO (Noviembre 2007)




Alfonso
Sevilla, España
Escrito por Alfonso
el 07/11/2007
Esas deudas con la Seguridad Social no estan prescritas en tanto en cuanto la administracion ha cumplido su obligacion de notificacion publicandolas en el BOE. El rechazo de las notificaciones no sirve para nada
Francisco Munoz
Experto: juzgado de lo penal
Escrito por Francisco Munoz
el 07/11/2007
"Esas deudas con la Seguridad Social no estan prescritas en tanto en cuanto la administracion ha cumplido su obligacion de notificacion publicandolas en el BOE. El rechazo de las notificaciones no sirve para nada "
por ALFONSO (Noviembre 2007)



Bien, eso dicen en la mismisima seguridad social, sin embargo, si solicitas su prescripcion se aplica, pues las deudas si prescriben , solo que hay que solicitarlo,si debes prueba, no te cuesta nada, te aseguro que a mi me han cancelado las deudas y me habian publicado en el boe.
Eduardo
Cantabria, España
Escrito por Eduardo
el 03/12/2007

Entiendo que cada vez que la Seguridad Social hace un intento de cobro o notificación se interrumpe el plazo de prespricion y habria que empezar a contar otra vez desde cero. ¿ES correcto?

Pero, llega un punto en que ya te han comunicado la deuda e intentado su cobro y ya no te notifican mas simplemente a ellos les consta la deuda, pero mientras no declares o tengas nomina o propiedades no te hacen nada, en este caso imagino que tras 4 años sin notificaciones prescribiria la deuda y seria el momento de solicitar por escrito su prescripcion.  ¿Funciona asi?

^Me podriais indicar donde buscar mas informacion sobre este tema. MUchas gracias y un saludo