Escrito por
Gfis06
el 14/09/2006
Como ha dicho CISKO anteriormente, el tope máximo que tiene hacienda para devolver el IRPF es el 31 de Diciembre del año en curso. A partir de dicha fecha, se verán obligados a pagar intereses de demora. Las devoluciones no siguen ningún patrón en especial: ni por cantidades económicas, ni por fecha de entrega de la declaración, ni por provincias, etc... Son totalmente aleatorias, de ahí que un año recibas la devolución en una semana y al siguiente año tardes meses. Si al entregar tu declaración, deseas recibir el dinero de la devolución en un corto plazo, lo ideal es que la tramites a través de algún banco o caja de ahorro. Normalmente se llevan una pequeña comisión ( entre 5 y 15 €), pero eso si, dispondrás de tu dinero en un plazo mínimo.
Para conocer el estado de tramitación de tu declaración a través de internet, primero deberás obtener un "certificado digital" que bien podrías solicitar a la FNMT Https://www.cert.fnmt. Es/index. Php? Cha=cit . Una vez solicitado, recibirás una clave. Debes imprimirla y acudir (junto con tu dni) a la delegación provincial de hacienda. En ella te pedirán que rellenes un formulario y te darán otra clave. Con esta clave podrás descargarte e instalar en tu pc tu firma digital.
Una vez realizado este proceso, debes ir a la siguiente url Https://www5.aeat.es/es13/s/dabodasda03w? en la misma, deberás insertar tu nif y clickar en el enlace "certificado de usuario", tras lo que te aparecerá una ventana con la descripción de dicho certificado. Aceptas y listo... Ahí tienes la información referente a tu declaración anual.
Saludos