Me estoy planteando en cuanto a pequeñas reparaciones, debido a la ambiguedad de la ley, añadir claúsulas específicas en el contrato para evitar problemas, en concreto:
Revisiones de Gas ¿A quien corresponde pagar? ¿Y si a consecuencia de la revisión se detecta un problema en la caldera que hay que arreglar?
Electrodomésticos ¿A quien corresponde? Y si por ejemplo la avería ocurre a las 2 semanas de entrar en la vivienda por ejemplo? ¿Sería en este caso conveniente especificar en el contrato una especie de periodo de garantía al respecto ya que la vivienda no se entrega con electrodomésticos nuevos?
Tema de fontanería, atascos, etc ¿Y al igual que enlos electrodomésticos y si ocurren al poco de entrar el inquilino?
Pintura de la casa ¿Puede exigir el inquilino exigir que le pintes la casa transcurrido tiempo o poque no se la has entregado bien pintada? Y por otro lado un caso real que me ocurrió, entregué la vivienda, reconozco que le faltaba alguna mano de pintura, la cual el inquilino vió antes de firmar el contrato, el mismo pintó la casa y me quería exigir el pago de la pintura porque decía que debía habersela entregado en perfectas condiciones de habitabilidad.