IRPF-IVA
Hola Rubén,
Bueno en cuanto a alquileres de vivienda, si es entre particulares, se está exento de IVA o de renteción de IRPF, sin embargo, los ingresos deben declararse en la declaración de la renta anual, en el que se pueden deducir una serie de gastos y luego tributar sobre el 50% de esa cantidad. Sin embargo esto puede variar bastanta según cada comunidad autónoma.
En el de locales se sobre-entiende que al menos una de las dos partes (arrandatario) va a realizar una actividad comercial, empresarial o profesional con lo que el tratamiento fiscal difiere según sean los sujetos. Si eres un particular que le alquila un local a una empresa, ésta tiene la obligación de aplicarte en cada recibo de la renta una retención del 15% en concepto de IRPF y hacerse cargo de las declaraciones trimestrales de este concepto. En este caso tampoco hay IVA. Si el alquiler del local es entre empresas, no hay retención de IRPF pero si están sujetas a IVA.
A ver Daniel, yo estoy que alucino en colorines. Te explico...
Nosotros tenemos una empresa que está instalada en el mismo domicilio habitual. Es decir, un despachito de unos 30 metros. La empresa nos paga un alquiler por este concepto y nosotros hacemos nuestra correspondiente retención del IRPF del 15% y además le cobramos el IVA. Cada trimestre hacemos nuestra correspondiente declaración de IVA (Mod. 300) y la empresa por su parte, su correspondiente declaración de IRPF.
Quieres decir que llevamos 4 años haciendo el primo?
Si es así cambio de gestor mañana mismo que me tiene hasta los mismísimos.
Muchas gracias. Hoy estoy descubriendo el mundo...
María
Tambien a mi me ha extrañado eso de que el IVA solo se repercute si el alquiler del local comercial es entre Empresas. Yo como particular hago lo mismo que Maria que pago el 16% de IVA y a lo mejor tambien estoy haciendoel primo......
Si no es así mereceriamos un consejo de alguien que esté debidamente asesrado. Gracias.
Luisornosa@hotmail. Com
Luis, he estado en la página de hacienda www. Aeat. Es y dice claramente esto.
"Salvo excepciones, el arrendamiento de viviendas es una operación exenta de IVA por lo que no procede ingresar nada por este concepto. "
Lo cual no aclara mucho porque habla de arrendamiento de viviendas. A ver si Daniel o algún qué otro experto nos saca de la duda.
Y ya puestos... Qué nos confirme si podemos reclamarle a hacienda este pago indebido que, en mi caso, es una pasta gansa. Ya sé que todo lo que pase de 4 años, nasti de plasti, pero vamos que si se puede recuperar algo, al menos lo intento.
Hola Daniel!
He encontrado este foro buscando la actualización del IRPF al 18% que alguien me había comentado y estoy un poco confundida al leer las consultas de los compañeros y a ver si me sacas de dudas.
Mi padre, al fallecer nos deja en herencia a mi hermano y a mí un pequeño local comercial cuya actividad es un bar. El asesor nos dijo que mejor era crear una comunidad de bienes (no sé bien por qué) y así lo hicimos; Nos consideramos Empresa por ésto? , Nosotros declaramos IVA trimestral y aplicamos la retención de IRPF. Está bien hecho? También, por favor, me podrías informar en qué BOE está la subida del 18%? Muchas gracias anticipadas.
Me podeis informar del BOE (nº o fecha) en el que sale publicado el aumento del IRPF del 15 al 18% para actualizar un contrato de alquiler de un pequeño local al que le estoy aplicando el 15%
Muchas gracias
por javier (Enero 2007)
en el 2008 sigue siendo el porcentaje del 18 %
Mi caso es el siguiente:
Mis padres tienen una casa en el pueblo. El ayuntamiento nos alquiló dicha casa en teoria para rehabilitarla y abrirla al publico. De momento la casa sigue cerrada,aunque creo que no es relevante,essto.
El caso es que le he llegado una carta a mi madr(mi padr falleció ya),en el que hacienda,le reclama que debe pagar los atrasos en le declaracion del IVA que no lo habia declarado desde el 2006.
Para el año 2006 se ha echo un escrito de conformidad para que nos pasen lo que tenemos que pagar. Para el año 2007 se ha rellenado 4 modelos 300 y uno 390. Que aun esta pendiente de que vayamos a pagarlo al banco. Y del 2008 tengo que presentar el trimestral 300 aun.
Hablo con elayuntamiento y me dicen que no tenemos obligacion de pagar esto.
Tenemos oligacion de pagarlo?
Debo emitir al ayuntamiento facturas mensuales para poder rellenar lo del modelo 300?
Uff! Que mogollón... Es un lio esto...
Bueno en cuanto a alquileres de vivienda, si es entre particulares, se está exento de IVA o de renteción de IRPF, sin embargo, los ingresos deben declararse en la declaración de la renta anual, en el que se pueden deducir una serie de gastos y luego tributar sobre el 50% de esa cantidad. Sin embargo esto puede variar bastanta según cada comunidad autónoma.
En el de locales se sobre-entiende que al menos una de las dos partes (arrandatario) va a realizar una actividad comercial, empresarial o profesional con lo que el tratamiento fiscal difiere según sean los sujetos. Si eres un particular que le alquila un local a una empresa, ésta tiene la obligación de aplicarte en cada recibo de la renta una retención del 15% en concepto de IRPF y hacerse cargo de las declaraciones trimestrales de este concepto. En este caso tampoco hay IVA. Si el alquiler del local es entre empresas, no hay retención de IRPF pero si están sujetas a IVA.
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por Daniel (Enero 2007)
Quiero saber quien declara y como el impuesto de iva sobre local comercial
El que pueda responde!
Estoy pagando un alquiler de un pequeño comercio que tengo, mi pregunta es la siguiente:
El local es de mi madre, y empezamos a hacer hace 4 años las declaraciones trimestrales del i.v.a, en estos momentos el negocio no va muy bien y necesitaria saber si como hijo estoy exento de pagar este impuesto a hacienda, mi madre ya no me quiere cobrar el alquiler, pero no se si estoy obligado a declarar la parte del I.V.A correspondiente