Buenas tardes, mi duda es que tuve un inquilino que marchó del local en julio, es decir hace tres meses, el cual firmó y dió la fecha de final de su estancia y contrato. Es necesario llevar alguna documentación para efectuar la baja en hacienda. Creo que en un mes se volverá a alquilar a otro inquilino.
El trimestre, iva ¿He de hacerlo si marchó en julio y estamos en octubre? Si no le ha pillado ningún mes, teniendo en cuenta que no he ido a la administración? No sé si hay algun periodo de tiempo, no sé si me puede ayudar, gracias.
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dar de baja local alquilado
Escrito por Isabel Garcia
el 16/10/2010
Escrito por Leopoldo Trueba Arguiñarena
el 08/11/2010
Buenos días.
Aunque su pregunta no se refiere a cuestiones estrictamente civiles sino fiscales, a mi modo de ver tendrá que presentar la liquidación del tercer trimestre de IVA marcando la casilla sin actividad, ya que no se han devengado ni soportado cuotas durante el trimestre y el resultado de la liquidación será cero.
En todo caso estas cuestiones se las resolverán perfectamente en la delegación de hacienda de su residencia, o realizando consulta en / o a través de la web de la Agencia Tributaria.