Escrito por
Saleem
el 19/06/2008
Hey amiga no es tan dificil, si te lo propones veras la racompensa. Los examenes aeromedico y
Psicologico los presentan unicamente lo que concursan para la escuela de aviacion, los que ban
La escuela medico militar u otro colegio presentan un examen medico, de capaciadad fisica, psicologico
Y cultural, conforme resultes "apto". si tines dudas en el examen medico te doy esta informacion:
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ANEXO "B"
Cuadro de causales que clasifican como "no aptos" para el ingreso
a las escuelas militares.
(Actualizado conforme a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas).
I. Defectos y límites físicos.
A. Estatura (conforme a los requisitos exigidos en el reglamento de reclutamiento de personal para el ejército y
fuerza aérea mexicanos).
a. Personal civil masculino estatura mínima de 1. 65 mts.
b. Personal civil femenino estatura mínima de 1. 58 mts.
c. Para el personal militar solo el que desee ingresar a la escuela militar de aviación: 1. 65 mts.
B. Peso.
El sobrepeso por exceso de tejido adiposo, expresado por el Índice de Masa Corporal (I.M.C. ) el cual resulta
de dividir el peso en kilogramos entre la estatura en metros elevada al cuadrado.
Peso en kilogramos
I.M.C. = ____________________________________________________
(Estatura en metros elevada al cuadrado)
Edad (años)............................................... I.M.C.
15-24......................................................... 19-24
25-34......................................................... 20-25
35-40......................................................... 24-25
II. Afecciones oculares.
A. Afecciones oculares de cualquier etiología que afecten la visión central (agudeza visual) de la forma siguiente:
a. Agudeza visual lejana y cercana de ambos ojos inferior a 20/20 aún cuando corrija a 20/20 con el uso
de lentes, incluyendo los de contacto (únicamente Escuela Mil. De Avn.).
b. Agudeza visual lejana y cercana inferior a 20/30 aún con el uso de lentes con no mas de dos dioptrías.
B. Visión periférica.
La disminución del campo visual, uno o ambos ojos, de cualquier origen.
C. Desviación ocular.
Estrabismo en sus variantes de forias o tropías con valor de dos dioptrías prismáticas o más en las
desviaciones verticales, o de seis o más en las horizontales.
D. Visión de profundidad.
a. Visión de profundidad menor del 80% (únicamente Esc. Mil. De Avn.).
b. Visión de profundidad menor del 60%.
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E. Defectos en la percepción de colores.
Discromatopsias para los aspirantes a ingresar a las escuelas militares.
F. Antecedentes de haberse sometido a cirugía ocular de queratotomía radiada.
G. Otras alteraciones orgánicas o funcionales deberá consultarse al especialista.
III. Afecciones otorrinolaringológicas.
A. Oídos.
a. La ausencia o deformidad del pabellón auricular.
b. Presencia de enfermedad crónica del pabellón auricular, conducto auditivo externo, oído medio o interno
de uno o ambos oídos o que disminuya la agudeza auditiva en las frecuencias de 250, 500, 1000 y 2000
hertz (para todos las escuelas no se aceptarán individuos con sordera de más de 20 decibeles).
B. Equilibrio.
Estados vertiginosos permanentes de cualquier etiología.
C. Nervio facial.
Secuelas de parálisis facial que impidan el cierre total de los labios o que impidan el silbido.
D. Cara.
a. La ausencia, deformidad o enfermedad crónica de la nariz y fosas nasales, que perturben la fonación,
respiración y ventilación de senos paranasales y del oído medio.
b. La ausencia o deformidad de los maxilares superiores o mandíbula.
E. Boca y faringe.
a. Trastornos congénitos o adquiridos buco-dentomaxilares que dificulten la articulación del lenguaje.
b. Parodontopatías severas sin tratamiento.
c. Neoplasias buco-dentomaxilares.
d. Síndrome disfuncional de la articulación témporo-mandibular con alteración demostrable sin tratamiento.
e. Maloclusiones severas con repercusión en la masticación.
F. Laringe.
a. Las afecciones laringeas crónicas rebeldes a tratamiento o que ocasionen disnea de esfuerzo, afonía o
disfonía.
b. Todo padecimiento laringeo que aún después de ser tratado deje incapacidad respiratoria.
G. Cuello.
Presencia de tumoraciones o neoplasias en glándulas salivales, glándula tiroides o CABEZA Y CUELLO.
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IV. Afecciones cutáneo sistémicas.
A. Los padecimientos con afecciones a piel y sus anexos y mucosas, rebeldes a tratamiento, crónicos o
incurables y de cualquier etiología que imposibiliten el desempeño de sus actividades militares.
B. Las dermatosis antiestéticas, por encontrarse en parte visible y ser de aspecto desagradable como trastornos
de pigmentación que abarque el 30% o mas de superficie corporal, cicatrices queloides retráctiles y nevos
externos.
C. Las dermatosis de tipo infectocontagioso que no curen aún después de tratamiento.
D. Los aspirantes no deberán presentar tatuajes, ni perforaciones en cualquier parte del cuerpo.
E. Al personal femenino únicamente se le autoriza dos horadaciones en cada pabellón auricular.
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V. Afecciones del aparato osteoarticular.
A. Los padecimientos o deformidades de huesos, articulaciones, músculos y tendones o alteraciones funcionales
de los mismos con secuelas de enfermedades de cualquier etiología, rebeldes a tratamiento, de larga
evolución o incurables, que imposibiliten el desempeño de las actividades militares.
B. Asimetría de longitud de miembros inferiores mayor de un centímetro.
C. Genu valgo que en posición de pie y con ambos cóndilos en contacto demuestre una separación intermaleolar
mayor de 6. 5 centímetros y una angulación de la rodilla máxima de 10º.
D. Genu varo que en posición de pie y con ambos maleolos en contacto demuestre separación intercondilea
mayor de 6. 5 centímetros.
E. Pie plano pronado rígido.
F. Pie plano transverso con dedos en garra.
G. La polidactilia, sindactilia y agenesia de falanges.
H. Escoliosis mayor de 12º.
VI. Afecciones del aparato respiratorio.
La insuficiencia respiratoria, sin importar el grado, consecutiva a padecimientos broncopulmonares, pleurales,
mediastinales, diafragmáticos, de la pared torácica de cualquier etiología o pérdida anatómica o funcional de un
pulmón aún cuando estos hayan sido tratados hasta su curación.
VII. Afecciones del aparato cardiovascular.
A. Los padecimientos del miocardio, endocardio y válvulas cardiacas, de cualquier etiología aún cuando hayan
sido tratados.
B. Los padecimientos de las arterias coronarias, aorta, pulmonares u otros vasos de cualquier etiología, aún
cuando hayan sido tratados.
VIII. Afecciones del sistema inmunohematopoyético.
A. Todos los padecimientos que afecten la médula ósea o bazo, que alteren la cantidad y calidad de las células
sanguineas, aún cuando se encuentren controlados después de tratamiento.
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B. Los padecimientos que afecten cualquiera de los elementos del sistema inmunológico de defensa, aún cuando
se encuentren controlados después de tratamiento.
C. Los padecimientos que afecten los factores de la coagulación que produzca trastornos hemorrágicos, aún
cuando estén controlados con tratamiento.
IX. Afecciones del aparato digestivo.
A. Padecimientos que afecten segmentos del aparato digestivo, glándulas y anexos de cualquier etiología, que
provoque insuficiencia o trastornos permanentes o recurrentes orgánicos o funcionales y que después de
tratamiento tenga repercusión grave sobre el estado general que provoque invalidez de más del 20%.
B. Hernias o eventraciones de la pared abdominal o viscerales, congénitas o adquiridas, cuyo tratamiento produjo
solo resultados parcialmente satisfactorios.
X. Afecciones del aparato genito-urinario.
A. Padecimientos que afecten segmentos del aparato genito-urinario, glándulas y anexos de cualquier etiología,
que provoque insuficiencias o trastornos, permanentes o recurrentes, orgánicos o funcionales, que aún
después de tratamiento condicionen una reserva funcional renal menor del 100%.
B. Padecimientos que afecten la función del sistema endócrino y metabolismo (glándulas de secreción interna y
externa) de cualquier etiología, aún cuando se encuentren controlados con tratamiento.
XI. Afecciones del sistema nervioso.
Padecimientos que afecten la función del sistema nervioso central o periférico de cualquier etiología, aún cuando se
encuentren controlados.
XII. Examen psicométrico.
A. Farmacodependencia.
B. Uso excesivo del alcohol, barbitúricos, sedantes, hipnóticos, relajantes musculares, ansiolíticos, opioides y
estimulantes del sistema nervioso central.
C. Padecimientos esquizofrénicos.
D. Padecimientos paranoides.
E. Padecimientos psicóticos.
F. Padecimientos afectivos profundos.
G. Ansiedad extrema.
H. Alteraciones disociativas.
I. Alteraciones explosivas intermitentes o aisladas en el control de impulsos.
J. Alteraciones de la personalidad.
K. Síndrome cerebral orgánico.
L. Alteraciones psicosexuales.
M. Alteraciones de la capacidad de adaptación.
N. Alteraciones o padecimientos mentales o conductuales que incapaciten o les impidan las funciones militares
en forma segura y responsable.
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XIII. Estudios complementarios.
A. El médico examinador podrá ordenar que se efectúen los estudios de gabinete o laboratorio complementarios
que estime necesarios, de acuerdo a su criterio y al estado clínico de los examinados.
B. Cualquier padecimiento agudo o que sea susceptible de corregirse en corto tiempo y dentro del periodo del
proceso de admisión, queda a juicio del médico examinador el que el aspirante se considere apto, pudiendo
realizar una posterior revaloración o por especialistas, lo que no lo exime de responsabilidad médico-legal.
XIV. Se consideran "no aptos" aquellos aspirantes que se coloquen en las situaciones siguientes:
A. Ocultar antecedentes de enfermedad prevaleciente durante el interrogatorio.
B. Negarse a la exploración médica.
C. No presentarse al examen médico.
yo tambien quiero entrar suerte.