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AMORTIZACION PROPIEDAD INDUSTRIAL
Escrito por Nicasio
el 04/06/2007
Hola Silvia.
Te comento mi opinión.
La amortización de estos gastos del activo (propiedad industrial ) deberían ajustarse a un plan sistemático,formulado en el marco de los principios de prudencia y de correlación de ingresos y gastos. Díficil es estimar de forma objetiva el período de proyección plurianual en que estos activos,de forma cierta,proporcionan rendimientos.
Por lo tanto, y después de este rollo macabeo que he soltado,siguiendo el espíru del art. 194 del TRLSA,opino que la prudencia aconseja amortizarlos en el período más corto posible o sea no más de 5 años o sea aplicar un 20% o un 25%.
Saludos. Nicasio