He "heredado" una vivienda "con bicho": el contrato se celebró el 1 de mayo de 1983 (renta antigua), con una renta mensual de 7. 000pts y nunca se le ha pedido la actualización de la renta. Por lo que tengo entendido, ahora puedo pedirle la actualización. Mis preguntas son:
1ª) Puedo pedirle la actualización ahora o tengo que esperar al mes de mayo para actualizarle la renta?
2ª) El IPC que tengo que coger para actualizar la renta, sería el IPC de abril de 1983 y el IPC de abril de 2007 conforme a la fórmula de la página del INE?
3ª) Tengo que seguir aplicando la reducción de la actualización que establece la D.T. 2ª. D) 11, regla 9ª? O al haber pasado más de 23 años desde la celebración del contrato, puedo aplicarle el 100% de la actualización?
4ª) Podría resolver el contrato alegando necesidad de vivienda para un hijo separado y que trabaja cerca del piso?
Gracias