Hola, buenos días!
Trabajo como Responsable de Calidad en una empresa de manipulación y comercializacion de citricos (naranjas y clementinas). Tenemos implantado el Protocolo IFS de Seguridad Alimentaria.
El caso es que se trata de una empresa familiar, con todo lo que ello conlleva en cuanto a parentesco de los trabajadores (la mayoria son familiares) y estoy teniendo un problema con el tema de si un carretillero tengo que considerarlo manipulador o no, para obligarle a ponerse la dichosa gorra. El trabajador no tiene contacto directo con la fruta (manipula los palets con la carretilla) y además una naranja no es un alimento de alto riesgo (va recubierta de piel, de una capa protectora de cera alimentaria y de todos modos hay que pelarla para comérsela).
A la vista de todo esto... Quedaría exento de llevar la gorra, que además le impide ver cuando está aplilando los palets? ¿Hay algún texto legal o con peso y rigor profesional que justifique que un carretillero no tenga que estar obligado a llevar la gorra?
GRACIAS
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¿Es manipulador de alimentos un carretillero?
Escrito por Kike Perez Perez
el 08/11/2011