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¡Qué bien estaría que tuvieses razón, Noys!
Escrito por
Andrés Suárez González
el 19/10/2008
Por supuesto puedes seguir como hasta junio, simplemente que antes de noche no tenías limitación de potencia (el limitador o ICP era puenteado al llegar el horario nocturno, es decir, sólo funcionaba de día), y aunque puedes seguir así contratando la potencia máxima que necesites de noche (suma la de todos los acumuladores y añade algo más, para poder poner lavadora, etc. ), te aviso que ahora sí te la van a cobrar en el fijo de potencia todos los meses: ya no existe con la Tarifa de Discriminación Horaria eso de potencia para el día / potencia distinta (mayor) para la noche . Creo, además, que estás confunciendo el Interruptor de Control de Potencia (ICP) o limitador, con un simple interruptor térmico: sólo hay un ICP por instalación (contrato), desde luego no uno por acumulador. De lo único que no estoy seguro, es si por defecto te mantienen la potencia que antes tenías sólo para el día ahora las 24 horas (con lo cual en cuanto enciendas la calefacción, va a saltar el limitador), o si simplemente te sacan el ICP y te cobran el máximo. Un saludo. |
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