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Escrito por
Vamp Garcia Romero
el 21 de Mayo
Buenas, tengo un problema serio, mi empresa me quiere despedir después de 2 años y pico con una condición muy sospechosa, despedirme de forma improcedente y firmar el finiquito como si lo hubiese recibido y me asegura que me contratara en octubre respetando mi antigüedad, creo que es imposible respetar dicha antigüedad y me compromete solamenta a mi ese pacto, me ha dicho que me hara un pagaré con fecha de octubre para que me fie más por dicha cantidad del finiquito, me parece una forma muy rara de despedirme para luego reincorporarme meses después, que otra forma legal que me ampare más que esta puede haber? El ere lo han descartado porque dicen que les tarda mucho, me parace una vaga excusa, por favor si alguién me puede orientar se lo agradeceria, el tiempo corre en mi contra. |
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Escrito por
Bogie Pppppp
el 21 de Mayo
Como te van a respetar la antiguedad si te despiden?. Firma un precontrato con fecha de cuando dicen te van a volver a contratar. No firmes finiquito si no lo recibes. |
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Escrito por
Monica S.g
el 10 de Junio
El acuerdo que te establece la empresa de un contrato en octubre es dogma de fe. Las palabras se las lleva el viento. Si haces un precontrato como te indica el compañero no tiene mucho objeto y obligacion es decir tu puedes firmar y tu empresa un acuerdo de voluntad de contratarte nuevamente en octubre pero la contratacion es discrecional por parte del empresario es decir, aun asi no esta obligado a contratarte si las circusntacion de la empresa no son favoralbes... Ahora bien puedes firmar un acuerdo en el que se comprometen a si este no se produce te indenicen por este hecho de faltar a la palabra o acuerdo de nueva contratacion, cosa o indenizacion distinta sera a la que te corresponde por tu finiquito de ahora. No firmes cantidad que no hays cobrado dado que el finiquito tu firma representa que has reciido la cantidad y que estas de acuerdo con ella. Pacta un pago fraccionado lo que quieras una subrogacion de finiquito, un aplazamiento... Pero no firmes lo que no recibes. Porque el hecho es que tu tienes derecho a ese finiquito en base a tus 2. 5 años de trabajao en el supuesto caso de que te contraten en octubre imagina que te vuelven a despedir en enero. El finiquito generado sera de octubre a enero no de 2. 5 a enero. |
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