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Escrito por
Alaia
el 29/06/2006
Hola a todos, tengo una duda y necesito saber algo para el viernes 30. Me gustaría que alguien me dijera cómo se calcula una nómina para un trabajador que ha estado tres día en reposo y ni si quiera ha cogido baja por que los 3 primeros días la seg. Soc. No paga nada. Además en el TC tengo que indicar como cotizados sólo 27 días. Mil Gracias |
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Escrito por
Ana Belén
el 29/06/2006
Hola: Supongo que la baja es por enfermedad común. Para calcular una nómina con 3 días de baja por esta incidencia yo haría lo ss, suponiendo que el trabajador perciba retribución mensual, pagas no prorrateadas y ese mes no hace horas extras, todo sencillo. Hay que calcular: 1º. Total devengado = Suma de la parte proporcional de los conceptos salariales, teniendo en cuenta los días de baja. (Si suponemos que el trabajador percibe Salario Base y Antiguedad por ejemplo...). = (Salario Base x nº de días trabajados) /30 + (Antiguedad x nº de días trabajados)/30 2º. Cálculo del Subsidio económico por Incapacidad Temporal: Como comentaste, la prestación a percibir es igual a cero, ya que solo se paga a partir del 3er día en el caso de enfermedad coún o accidente no laboral. 3º. Deducciones: Porcentajes que se aplican sobre total devengado y se restan de este para obtener el líquido. Suele aplicarse un 4,70% por contingencias comunes + 1,55 por desempleo + 0,10 por formación profesional + % de IRPF (según su situación personal) Total devengado - Deducciones = Líquido a percibir. 4º. Cálculo de las bases de Cotización: Aº Contingencias Comunes de los días de baja : Se calcula a continuación. Base diaria x (30 - nº de días que haya trabajado el mes de baja). Sabiendo que (Base diaria= Base Cotización C.C. Mes anterior a la baja / Nº de días trabajados ese mes anterior). B. Contingencias comunes de los días de alta: (Si suponemos que el trabajador percibe Salario Base, Antiguedad y 2 pagas extras como conceptos salariales por ejemplo...). A cada concepto salarial se multiplica por la parte proporcional de los días trabajados. =(Salario Base x nº de días trabajados) /30 + (Antiguedad x nº de días trabajados)/30 + 2 x pagas extras x nº de días trabajados)/30 C. Total a cotizar por contingencias comunes = Cotizacion contingecias comunes de los días de baja + Cotización CC de los días de alta. (En este caso coincidiría con la cotización de las contingencias profesionales por no hacer horas extra). Y ya estaría. Espero no haberte liado mucho con las fórmulas y que te ayude un poco. Es dificil explicar esto en un sms. Ana Belén. |
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Ana Belén
el 29/06/2006
Perdona. Comentarte que las deducciones de 4,70% por contingencias comunes + 1,55% por desempleo + 0,10 por formación profesional se aplican sobre la Base de Cotización y el IRPF sobre el Total Devengado. La suma de total a deducir se resta después al Total devengado para obtener el líquido. Ana Belén |
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Alaia
el 30/06/2006
Gracias, me ha quedado bastante claro. Una última cuestión. El reposo sin baja médica se considera igual? En el Tc 2, en el epígrafe 126 por bajas tendré que poner 3 días? |
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Ana Belén
el 01/07/2006
Hola: Por lo que sé, para cobrar el subsidio por incapacidad temporal, hay que presentar a la empresa justificante médico. Pero en el caso de tu ejemplo al ser solo 3 días (si se trata de enfermedad común o accidente no laboral), no percibiría nada aunque así fuera. En el TC2 sí hay que plasmar con el epígrafe 126 el importe de la Base de Cotización correspondiente a esos 3 días de baja. Que se calcularía: Base Diaria = Base de Cotización del mes anterior a la baja / Nº de días trabajados a que corresponda Base Diaria x (30 - Nº de días trabajados el mes de baja)
Ana Belén |
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Maryse
el 10/11/2006
Estoy de baja (enfermedad commun ) mi jefe me dice que si no vuelbo a 1 mes el dia 20/11/06 (no hace 1 mes estoy operada) me da possibildad de( un despido inprocedente ) tienne derecho harcerme esto ? Dice que luego quando estoy sana puedo volver( te recoje) que puedo hacer? Yo no quiero eso sabiendo el que tengo por los menos 4 mes mas (. Dice es un gastos por el )? No entiendo.... Ayudarme por favor por poder solucionar estos mucha gracias |
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Gina Ortega Herrera
el 14/11/2006
Estoy embarazada y me encuentro de baja por enfermedad comun, debido a que tengo hernia discal y lumbago, tengo derecho a que la segurida social me cancele el tiempo que voy a estar de baja, pertenezco al regimen de empleada de hogar con contrato fijo y ellos pagan la cotizacion
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Carmen
el 30/08/2007
En una nomina diaria de 28 dias naturales si tenemos pluses por asistencia que cobraria si va a trabajar y ha trabajado 20 dias, La base de contingencias comunes como se calcularia , se multiplicaria por 28 o por 20 el plus de asistencia |
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Mila
el 23/09/2007
Hola! Como se calcula la nomina con baja por enfermedad comun de 10 dias? Con salario base:913,54 dias trabajados:21. Con 3 pagas extras |
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Sara
el 30/05/2008
Hola a todos acabo de recibir mi nomina por it.... 1180 euros? Tengo una serie de preguntas- nomina de abril 30 dias fecha de la baja 7/05/2008 aun continuo de baja , pertenezco al convenio de comercio (el empresario tiene la obligacion de completar al 100% el 60% Salario base.1. 056,58€ Antigüedad 10,57% Plus productividad 1223,68€ Plus transporte- 88. 59€ Cotizacion contingencias comunes 4,70 Cotizacion formacion 0,10 Cotizacion desempleo 1,55 Cotizacion irpf-19 Rem total-2. 290,83 Pextras 177,86 Base ss 2468"69 Base at y desempleo 2468,69 Base irpf 2379,42 Total devengado 2379,42 tadeducir 608,85 Liquido a percibir 1770,57 euros Necesito ayuda urgente ya que parece que no me han incluido la productividad, alguien sabe calcularme lo que deberian pagarme en mayo. Gracias de antemano. |
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Mariu
el 16/07/2008
Puedes creer a tu jefe o no. Sin embargo, él te ofrece la posibilidad de cobrar una indemnización y luego el paro. No creo que deba ser un problema. Además cobrarás de la S. S mientras estés de baja. |
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Fra
el 09/12/2008
Los tres días que un funcionario docente puede faltar a su puesto de trabajo SIN baja médica, ¿Cómo se computan? ¿Son naturales? ¿Hábiles? Gracias por vuestra respuesta. |
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Escrito por
Csh
el 14 de Abril
"Los tres días que un funcionario docente puede faltar a su puesto de trabajo SIN baja médica, ¿Cómo se computan? ¿Son naturales? ¿Hábiles? Gracias por vuestra respuesta. " por Fra (Diciembre 2008)
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Escrito por
Monica
el 9 de Agosto
Me han dado la baja por enfermedad comun. Soy enfermera y trabajo en una clinica privada. Me han dicho que los tres primeros dias los pierdo y no me los paga nadie. Es cierto? |
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Al escribir en el debate:
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