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Escrito por Gin?s Espín Ordóñez el 28/09/2008
Hola, puedes reclamar cuando quieras. Según el Estatuto de los Trabajadores, tu plazo máximo es de un año a contar desde el momento en que tenías que haber cobrado. La paga de verano de 2008 puedes reclamarla hasta el verano de 2009, a más tardar. Aunque nadie espera tanto. Yo la hubiera reclamado ya. Saludos. Ginés.
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Escrito por Melchor Aleman el 30/09/2008
"hola, puedes reclamar cuando quieras. Según el estatuto de los trabajadores, tu plazo máximo es de un año a contar desde el momento en que tenías que haber cobrado. La paga de verano de 2008 puedes reclamarla hasta el verano de 2009, a más tardar. Aunque nadie espera tanto. Yo la hubiera reclamado ya. Saludos. Ginés. " por ginés (septiembre 2008) la ley habla de que los retrasos o las faltas de salario deberán ser reiteradas, para poder ya no sólo reclamar cantidades pendientes sino solicitar un despido por incumplimiento del empresario y hacerte con 45 dias salario por año trabajado como indemnización. Ahora bien, mi pregunta es, a qué se le denomina reiterado, a cuantos meses pendientes, para poder reclamar este tipo de despidos?. Tengo un caso de una trabajadora que tiene un retraso de un mes de 10 dias a partir del dia 5, cosa que puede demostrar pues fue por transferencia bancaria, y además tiene pendiente 15 dias de otro mes. Consideras suficiente para poder solicitar un despido de estas características? O seria conveniente esperar un par de meses más de impagos o retrasos?. Muchas gracias. |
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Escrito por Gin?s Espín Ordóñez el 30/09/2008
El retraso en el impago debe ser de al menos un año, según la jurisprudencia.
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Escrito por Melchor Aleman el 30/09/2008
Es decir, para poder reclamar como despido por incumplimiento debe pasar 1 año desde el inicio de los impagos, y para poder reclamar solo cantidades, cuanto debe pasar? O se pueden reclamar desde ya? |
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Escrito por Gin?s Espín Ordóñez el 30/09/2008
Hola Aroa. Mira, para pedir la extinción del contrato de trabajo con derecho a paro, por incumplimientos del empresario, concretamente de su deber de pagar la nómina, debe acarrear éste al menos un año de atrasos. Para pedir una simple reclamación de dinero, puedes hacerlo al mes siguiente del devengo de la cantidad que te adeuden. Por ejemplo; si no me han pagado la nómina de agosto en los primeros días de septiembre, pues a partir de la semana siguiente reclamo agosto. Saludos. Ginés.
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Escrito por Melchor Aleman el 30/09/2008
Muchas gracias gines, me has aclarado el tema.
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Escrito por Paloma el 11/11/2008
Me gustaria saber varias cosas que les agradeceria mucho me contestaran: |
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Escrito por Melchor Aleman el 11/11/2008
A) Siempre que te vayas del trabajo sea voluntariamente o no, tendrás derecho a finiquito. En el caso de baja voluntaria como es tu caso, el finiquito consta de: salario de los dias del mes que has trabajado, parte proporcional de pagas extras y posibles dias de vacaciones pendientes de disfrutar. |
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Escrito por Paloma el 12/11/2008
Emilia muchisimas gracias por su ayuda y me sirve de mucho.
un saludo, gracias |
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Escrito por Paloma el 12/11/2008
Otra duda que tenia y se me a olvidado comentar antes es: |
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Escrito por Paloma el 12/11/2008
Disculpe las molestias pero me interesa mucho irme de este trabajo porque mi gefe es un explitador y no me gusta nada eso no solo por mi, por todos los trabajadores que tiene. |
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Escrito por Melchor Aleman el 12/11/2008
Si te valdría pero tendrías que acumular varios meses de retraso en el pago, no te valdrá solo con un mes |
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Escrito por Paloma el 12/11/2008
Esto que significa que haya estado varios meses sin cobrar o que haya tardado varios en meses en realizar el pago? Nose si me explico pero bueno muchas gracias un saludo
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Escrito por Larosi el 30/11/2008
Buenas noches.. Mi problema es que a raiz de la crisis.. Mi jefe ya ha dejado de pagarnos a los 3 trabajadores que somos la parte que nos daba en negro del salario, ya que nos hacia las nominas de mil euros y lo acordado, cada uno en su categoria, con 200e, 300e y 450e de mas en caso de encargado,el que por nomina está de especialista como yo.. Va y ahora este mes nos dice que tampoco tiene pensado darnos la paga de navidad porque estamos con malas caras en el trabajo y que si cambiamos nos dara el 50% de la paga.. Tenemos algun derecho? O no nos queda otra alternativa? Tambien nos ha amenazado de cierta manera cuando el encargado le dio la llave del taller para que fuera él quien a partir de mañana lo abriera y lo cerrara, ya que nos dijo que si sabiamos bien lo que haciamos al darle la llave.. Muchas gracias y creo que abusan de su poder los empresasios. Saludos |
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Escrito por Paco el 09/05/2009
Hola expertos queria pregutar la empresa no viene pagando tarde por tener poco dinero ahora viene la paga de junio que podri aser si no la pagan cuando puedo reclamarla |
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Escrito por Gin?s Espín Ordóñez el 10/05/2009
En cuanto pase el mes de junio, y compruebes que no has cobrado la paga, puedes reclamarla legalmente. Aunque el plazo para hacerlo acaba en junio de 2010, te recomiendo lo hagas cuanto antes, para que cobres en el menor plazo posible. |
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Escrito por Yumpi el 01/09/2009
Cuanto tiempo puede pasar para cobrar el finquito cuando la empresa no a llegado a un acuerdo ya q la empresa quiere pagarme a plazos y yo lo quiero integro |
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Escrito por Yumpita el 01/09/2009
Llevo trabajando en una empresa de hosteleria durante 6 años los cuales se dividen en 4 años con un contrato de 4 horas y los 2 años siguientes con un contrato de 6 horas me hecharon el mi salario era de 700euros y me queda un finiquito de 6200euros la empresa quiere no me dijo la forma de pagos y ahora me han comunicado q lo haran en un plazo de 4 meses y yo no estoy deacuerdo y quiero que me lo pague integro ¿Es legal q me paguen el finiquito a plazo? ¿Q puedo hacer para q me lo pague de una sola vez? |
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Escrito por Gin?s Espín Ordóñez el 02/09/2009
No tienes porque aceptar el pago fraccionado en cuatro veces y por eso, puedes reclamar legalmente el pago único. No obstante, como no habrá acuerdo, tendrás que ir finalmente a juicio y eso implica dos cosas; a) Que de lo que te paguen habrás de restar los honorarios del profesional que te lleve el tema. B) Que actualmente y con la crisis, se tarda tanto en celebrar el juicio, que es posible que ya hayan transcurridos los cuatro plazos y te lo hayan pagado todo. |
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Al escribir en el debate:
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