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Escrito por
Chora
el 6 de Junio
Hola, |
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Escrito por
To_netes
el 6 de Junio
Adquiere mediante un contrato de arrendamiento financiero un camion ,siguientes caracteristicas. Se pagan 5 cuotas anuales de 5000 La opcion de compra es de 2000 La primera cuota se paga a la firma del contrato El tipo de interes implicito en las cuotas es del 8% La vida útil es de 8años Valor razonable es de 60000 Segun pgc es arrendamiento financiero? Como contabilizo y valoro los asientos Muchisimas gracias! enviamelo a peritojudicial200@hotmail. Com (tengo 4 supuestos mas y necesito tu ayuda) |
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Escrito por
Begonya Albuixech Perales
el 6 de Junio
A ver, como te sale a devolver optas ( segun veo) a activar la casilla de "compensar en ejercicios posteriores" con lo cual en el ejercicio posterior si te sale a pagar ya el propio programa ( casi todos) te dice si quieres compensarte el importe anterior, esto es abonando la cuenta 470 ( es decir al haber) por el importe a pagar ( si no lo cubre pues todo el importe) |
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Escrito por
Chora
el 7 de Junio
no me ha dado esa opcion, solo me ha hecho ese asiento, segun el PGC de 2008 este importe se abonara en caso de compensacion en declaracion-liquidacion posterior con cargo a la cuenta 477. Pero cuando? Al llegar la otra liquidacion?
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Escrito por
Begonya Albuixech Perales
el 7 de Junio
Cuando llegues a la otra liquidacion y hagas el IVA y te toque pagar, supongo que el programa te dira... Quieres compensarte ¿ ? Y tu le diras ( en el caso de que quieras) En el formato oficial tb lo tienes que decir que es a compensar... |
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Escrito por
Chora
el 7 de Junio
Muchas gracias por la aclaración, si hubiera sabido que existia este foro antes, me hubiera ahorrado algunos problemillas. |
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Escrito por
Pablo Vaka
el 28 de Octubre
Gracias |
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