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Escrito por
Ursel Laazibi
el 10/05/2006
Alguien sabe, si para dependientas en el sector textiles (cadena de ropa juvenil) las empleadas tienen la obligacion de hacer el reconocimiento medico? O es solamente voluntariamente? Porque en mi trabajo me han dado un poco la responsibilidad en cuanto las Mutuas (cambiamos hace poco de una a otra) visitan nuestras tiendas, si dan clases de prevencion, si todos los trabajadores lo han ecibido, etc Y he constatado que en solo una provincia (Asturias? ) se ha realizado reconocimientos medicos! Y según mi compañero del trabajo, (estudiaba derecho laboral) sea derecho para todos! Muchas gracias en adelante! |
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N.a.s.
el 07/06/2006
Es un derecho para todos los trabajadores disponer de reconocimiento médico anual pero es VOLUNTARIO. Si a algun trabajador/a se le ha ofrecido pero no desea realizarlo basta con que firme la renuncia (redactar un escrito) para el reconocimiento de ese año. Un saludo, |
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Amelia
el 04/07/2006
A mi ayer me comentaron que tenía q ir a hacerme en reconocimiento medico pero no sé si es obligatorio o puedo negarme. Según he estado leyendo, no es obligatorio, sino voluntario a menos que el puesto necesite de unas capacidades determinadas que hagan necesaria la realización del reconocimiento. Si me niego al examen medico pueden buscarme problemas? O puedo realmente negarme sin q pase nada? |
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Ernesto Peris
el 04/08/2006
VAmos a ver, según rece la evaluación de riesgos laborales a los trabajadores se les tiene que hacer unos reconocimientos "obligatorios" como podrían ser manipulación de cargas o PVD y que éstos si son obligatorios para los trabajadores. Luego tenemos los periódicos que son donde te hacen el análisis y el resto de pruebas que son los voluntarios. Ya que no hay normativa que exija dichos análisis ni similares solo que tanto mutuas como SPA hacen un pack con análisis y resto de pruebas que realmente te las tiene que mandar tu médico de cabecera y para que por el precio que cobran el empresario y a su vez el propio trabajador vea retribuida la inversión que hace. Solo hay tres supuestos en que estos reconocimientos son obligatorios y sino estoy equivocado son en actividades relativas al ANEXO I (contrcución,etc ). De todas formas sino teneis nada grave que ocultar os recomiendo a los trabajadores que os los hagais y a los empresarios que como mínimo ofrezcan la posiblidad a sus trabajadores porque de no hacerlo pueden ser sancionados en una inspección. |
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Jose
el 26/09/2006
¿Podéis decirme cuál es la normativa que ampara este derecho al reconocimiento médico y dónde se puede encontrar? (es una ley, un decreto, etc.)
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Daniel
el 17/11/2006
Buenas, en relación a este asunto, lo podrás encontrar facilmente en la ley 31/1995 de prevención de riesgoa laborales, capitulo iii "derechos y obligaciones", en el artículo 22. "vigilancia de la salud". Recordar que hay dos tipos de reconocimientos médicos: El inicial que para todas las actividades enmarcadas en el anexo 1 de la citada ley 31/95, es obligatorio. Para el resto de actividades, es de carácter voluntario, siempre y cuando, en la evaluación de riesgos no indique lo contrario, es decir, que parte de la actividad a desarrollar contenga un riesgo susceptible de ser controlado por un médico, con el fin de calificar la aptitud del trabajador. |
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Udev
el 29/11/2006
Quisiera saber si en el supuesto que decida ejercer mi derecho al reconocimiento,si tengo que ir fuera del horario de trabajo como me dice la empresa.
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Marga
el 20/12/2006
Hola Buenos días! Mi pregunta es la siguiente. Un autónomo subcontratado por una contrata, tiene la obligación de hacerse el reconocimiento médico? Es decir la subcontrata esta en su derecho de pedir su apto médico?. Muchas gracias |
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Marcelo
el 29/01/2007
Hola,no es obligatorio,tambien podes desistir en forma parcial o total de dicho reconocimiento. Es mas para realizartelo necesitan tu consentimiento por escrito,de lo contrario los puedes denunciar. Soy medico y la informacio que te paso es cierta. |
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Emmanuel Deep
el 13/02/2007
Hola, tras cinco meses trabajando en el departamento de Ingeniería e I+D de una empresa adherida al convenio siderometalúrgico (fabricamos equipos elétricos de potencia, pero yo estoy en oficina) nos han requerido para reconocimiento médico. ¿Alguien puede confirmarme si es o no obligatorio? Muchas gracias.
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Elisabeth
el 16/03/2007
Una gestora telefonica ha tenido una baja de mas de 45 dias y la empresa la obliga a realiza el reconocimiento medido obligatorio , segun exponen al ser una baja de mas de 45 dias esta obligada a hacerse el reconocimiento... es correcto lo anterior? Esta obligada a ello? |
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Borja
el 17/04/2007
En hosteleria me pueden obligar a hacerme el reconocimiento medico y que tengo que hacer si no quiero hacermelo
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Ana
el 18/04/2007
Hola, respecto a este tema queria hacer una aclaración. ültimamente este caracter voluntario, por lo menos en la construcción, no es tal ya que la inspeccion, debido a la gran cantidad de siniestralidad, está obligando a que este reconocimiento anual sea obligatorio. Por lo menos en la comunidad gallega se que pasa esto.
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Enrique Rodriguez Mayo
el 11/06/2007
El reconocimiento médico laboral periodico se realiza anualmente por la empresa corriendo con los gastos de los mismos, pero el trabajador puede renunciar por escrito a someterse a dicho reconocimiento, no pudiendo ser obligado el trabajador a realizarlo. Debemos de entender que el reconocimiento medico realizado al trabajador es positivo para el mismo ya que de su realización se pueden detectar posibles disfunciones que pueden ser corregidas a tiempo, pues para ello, es por lo que se realizan, siguiento el plan de prevención de riesgos laborales implantado en la empresa. Respecto al reconocimiento médico exigido en la empresa cuando se incorpora el trabajador por primera vez, este si es obligatorio, pues de no realizarse, el contrato no se podrá firmar por parte de la empresa, entendiendo ésta que el trabrajador esconde alguna anomalía física o psiquica, que pueda impedir el normal desarrollo de su trabajo. |
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Jcrg
el 14/06/2007
Hola. Qusiera saber si el empresario esta obligado a pasar reconocimiento medico a sus trabajadores independientemente de sus actividad y a la decision del trabajador de hacerlo o no y con que frecuencia debe contartar dichos servicios. Un saludo Gracias |
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Ana
el 23/06/2007
Hola Yo quería preguntar por el reconocimiento inicial previo inicio de la actividad, este reconocimiento es obligatorio? En que normativa la indica? Es a nivel laboral no? Tambuién quería preguntar por el tema de las mutuas, es a nivel laboral que las empresas pueden elegir contratar con este tipo de empresas los seguros sociales para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en que normativa lo puedo localizar? Muchas gracias |
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Carlos Muro Murillo
el 27/07/2007
He leido en el foro que el reconocimiento médico inicial es obligatorio en los trabajos del Anexo I de la Ley 31 / 95. No he visto ese anejo, ¿Es de otra ley o real decreto? Considero que los conductores de maquinaria ponen en peligro su seguridad y la de los demás, por lo que les obligo al reconocimiento médico. |
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Escrito por
Epelsa
el 06/08/2007
Alguno sabe que incluye estos analisis... Vi que en elagunas empresas hacen test de drogas y El usuario final no lo sabe... Es ilegal pero.... Pero.... SalU2 |
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Escrito por
Carmen Fernandez Ocaña
el 29/08/2007
Me gustaria saber si el reconocimiento medico se puede efectuar fuera del horario laboral o es oblogatorio hacerlo en horario laboral, espero respuesta, saludos
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Escrito por
María
el 27/10/2007
Hola a todos, espero que me puedan ayudar. Verán, tengo un negocio de hostelería, y por motivos de baja, tengo a dos personas contratadas, me ha venido una inspección y me exigen que a estas dos personas les tengo que tener hecho el reconocimiento médico. Mi pregunta es: ¿Es obligatorio, para mi, la jefa del negocio, realizarle un reconocimiento médico a mis trabajadores si sólo los tengo contratados para un mes? |
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