Profesor E.G.B.

Escrito por Juan el 5 de Octubre

En diciembre de 2006 me prejubilé por contrato relevo. Desde entonces sólo trabajo el 15%, aproximadamente 4 horas semanales. El próximo año cumpliré 64 años el 23 de marzo. Quisiera saber si me puedo jubilar totalmente en esa fecha. La persona que me sustituyó y que hace el 85% de mi trabajo, en el pasado mes de Septiembre, mi empresa le aumentó el contrato hasta llegar al 100%. Mi pregunta es si yo en esas condiciones me puedo jubilar totalmente el 23 de marzo de 2010, que es cuando cumplo los 64 años. Gracias


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 5 de Octubre

Busca en la oficina virtual de la Seguridad Social y haz la consulta ahí.
Ellos te dirán exactamentelo que te pueda corresponder y los pasos a seguir en su caso.
Este es un foro de ARTES GRÁFICAS.
Un saludo desde goza ZARA... GOZA


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