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Plusvalia herencia

Escrito por Sonya79 el 30 de Septiembre

Buenas noches,

Mi duda es la siguiente,por un lado mi madre fallecio en 1997 y ahora voy a hacer la venta de un inmueble heredado. Y por otro, mi padre fallecio en 2004 y el ibi todavia lo recibo a nombre de él, una vez fui a cambiarlo al ayuntamiento y una empleada muy amable me dijo que no lo cambiara que tendria que pagar plusvalia. Los impuestos de sucesiones de ambos estan liquidados. Tendria que pagar plusvalia actualmente o ha prescrito?

Gracias.


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Escrito por Vacsus el 7 de Octubre

Hola Sonya,

Deberías pagar el impuesto de plusvalia en 2 ocasiones:

1) 6 meses despues de la fecha en del fallecimiento de tu padre al haber heredado el inmueble.

2) Cuando vayas a vender el inmueble.

Lo que grava este impuesto es el incremento de valor de los bienes inmuebles URBANOS. El sujeto pasivo (el que tiene que pagar el impuesto) es el que se beneficia de esa transmision. (cuando se vende, el sujeto pasivo es el que cobra / vendedor y cuando se hereda, es el que recibe la herencia).


Si han pasado mas de 4 años y 6 meses del fallecimiento de tu padre, habrá prescrito la primera plusvalia. La segunda plusvalía(por la venta) deberías declararla 30 días habiles despues de la venta del inmueble.

Espero haberte ayudado

Un saludo

Varealo@gmail. Com


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