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Plus de transporte

Escrito por Suso el 27/02/2007

Buenos días,

Tengo una duda con el plus de transporte que aparece en mi nómina. El contrato es según el convenio de agencias de viajes. Mi salario base es de 1047. 25 euros y el plus de transporte es de 165. 01 euros. El plus de transporte máximo que aparece en el convecio para este año es de 97. 44 euros. Le he comentado a mi jefe que había un error en el plus de transporte de mi nómina, ya que creo que el plus de transporte no se cobra en las pagas extras ni cotiza, y me ha comentado que no hay ningún máximo, que puede poner el que quiera. ¿Es cierto? O puedo reclamarle que lo baje. Espero que me puedas ayudar, muchas gracias


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Monica S.g
Cantabria, España
Escrito por Monica S.g el 27/02/2007

El plus de transporte es un concepto no salarial, dado que no se paga por el hecho del trabajo sino como una indenizacion para suplir los gastos que ocasiona el desarrollo del trabajo. Sino te lo hasn sustituido por otro concepto, es decir, te han bajado el saario base y aumentado el pus de transporte no veo poruue quieres que te pagen menos de plus dado que bajaras tu liquido.

Si por el contrario lo que han hecho es bajar un plus coitazlbe y aumnetar el de transporte esto si puedes reclamar dado que se suele hacer para generar menos gastos de cotiazaicon tanto para el trabjadro como para el empresario pero que conlleva que tu base de cotiazcion sea menor y por tanto te perjudique en futuras prestaciones que tengas derecho. Peor me parece que este no es tu caso.

Entiendo que no te han bajado ningun conepto salarial simplemente te han subido el plus de trasnporte.

No se incluyen en las pagas ni en base de cotizacion excepto la cantidad que exceda del 20% del IPREN que esta cantidad si es cotiazble.

Un saludo


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Escrito por Suso el 28/02/2007

Hola de nuevo Mónica,

Gracias por tu rápida respuesta. Creo que no me he explicado bien, el tema es que yo pacté un sueldo líquido mensual, que es correcto por 12 pagas, no se si me explico bien, el caso es que del sueldo pactado me están dando una parte como plus de transporte, entonces en las 4 pagas extras al tener un plus de transporte tan alto me baja el líquido. Por eso mi duda era si el plus de transporte no se cobra en las pagas, si legalmente pueden meter el plus de transporte que quieran o por el contraio hay un tope.

Un saludo.


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Monica S.g
Cantabria, España
Escrito por Monica S.g el 28/02/2007

Hola buenos dias.

Espero haberte entendido ahora bien, siento no haberte solventado la duda con la anterior respuesta, lo intneto ahora.

El plus de tansporte no se incluye en las pagas como norma general. Salvo que tu tengas pactado cosa distitna que me parece que no es el caso. La paga extra sera el montante del salario bese esto en lo normal y antiguedad si asi se recoje en tu conenio (en algunas empresas es costumbre aunqeu cada vez menos habitual).

No hay un maximo de cantidad por ley para determinar como plus de transporte. Lo que si hay fijado un maximo es de cantidad no cotizable. Es decir, el plus de tranporte es una cantidad o conepto no salarial y por lo tatno no inluida esta en las bases de cotiazaion. La ley determina para evitar fraudes, que el 20% del IPREN, (ipren es un inidce de salario, algo inferior al SMI fijado anualmente por el gobierno,)  si el ipren imginamos que son 400€ el 20% es 80€. Esots 80€ seran los que no te coitaza de tu plus de transporte y si cobras tu mensualmente mas de este limite esa cantidad que excede si cotiza y por tanto formara parte de tus bases de cotiazacion. Este limite se pone fundamentalmente para evitar esto que tu tienes pactado, es decir un aumento del liiquido a perciboir pero no de salario sino de coneptos no cotiizables. El perjuicio esta en que todo lo que no se cotiza no se usa para el calculo de las prestaicones cuando las necesites, jubilacion, desempleo....

Pero para resumir, el plus de tranporte no entra en las pagas extras para su callculo y no hay un maximo fijado a cobrar como plus.

Espero haber acertado en tu duda, sino fuera asi vuelveme a decir.

Un saludo


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Escrito por Josemi el 05/03/2007

Hola, decirte que es cotizable de dicho plus cara a la seguridad social toda cantidad que supere el 20% del salario minimo interprofesional,el 20% del salario minimo interprofesional( 570,60 euros en 2007)seria por lo tanto de 114,12 euros, si cobras 165,01 de plus de transporte la cantidad a cotizar seria de 50,89 euros. Decirte que esto no quiere decir que éstos 50,89 euros entren luego en las pagas extras ni si estás de baja. Un listo tu jefe.


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Joel
Tenerife, España
Escrito por Joel el 18/02/2008

Mi empresa va a cambiar de ubicación, para desplazarse unos 20 km del lugar que esta ahora. Quisiera saber si puedo reclamar una compensación por desplazamiento por la nueva ubicación de la empresa y de caso afirmativo, si habria alguna ley, boe o artículo, el cual presentar a mis jefes.

Gracias.


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Escrito por Lorrrr el 8 de Septiembre

Buenos días,

Quería saber si me podéis ayudar. El plus de transporte en el comercio de la piel pone que es por 11 meses. Es obligatorio pagarlo proporcional? Porque en este caso nos lo pagan 11 meses. Si hay una persona que entro en julio y no se coge vacaciones, en agosto no la pagan el plus, porque siempre es el mes que o quitan.

Esto es así?

Gracias


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