|
|
Escrito por
Isa73
el 03/10/2008
De momento, según lo que he podido averiguar yo, según el R.D. 1065/2007 es obligatorio para todos los que tengan que presentar sus declaraciones por internet, que desde este mes de octubre afecta a todas las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. El Consejo de Ministros aprobó dos Proyectos de Ley, por uno el modelo 340 solo será obligatorio en 2009 para las empresas que soliciten la devolución mensual del IVA o IGIC (en la actualidad las que estén registradas como exportadoras), y por el otro, todas las empresas podrán (voluntariamente) solicitar las devoluciones de IVA o IGIC mensuales (de interés cuando se hacen inversiones). Importante, para su aplicación se deben aprobar en las Cortes, donde podrían sufrir modificaciones, e incluso no aprobarse. Con independencia de que su obligatoriedad se haga escalonada, es previsible que en 2010 ó 2011 sea obligatorio también para todas las empresas (ten en cuenta que el modelo 340 es el sustituto del 347, y no tiene sentido si no lo presentan todas las empresas). Recomiendo leer la pagina que mencionaba el otro día |
|
|
Citar |
Ver mensaje
|
|
Escrito por
Uma
el 21/10/2008
Podeis ver tambien: Http://www.jda.es/Documentos/Boletines/Boletin_2007_10_Fiscal. Pdf |
|
Escrito por
Uma
el 21/10/2008
Interesante |
|
Escrito por
Alex
el 17/11/2008
" De momento, según lo que he podido averiguar yo, según el R.D. 1065/2007 es obligatorio para todos los que tengan que presentar sus declaraciones por internet, que desde este mes de octubre afecta a todas las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. El Consejo de Ministros aprobó dos Proyectos de Ley, por uno el modelo 340 solo será obligatorio en 2009 para las empresas que soliciten la devolución mensual del IVA o IGIC (en la actualidad las que estén registradas como exportadoras), y por el otro, todas las empresas podrán (voluntariamente) solicitar las devoluciones de IVA o IGIC mensuales (de interés cuando se hacen inversiones). Importante, para su aplicación se deben aprobar en las Cortes, donde podrían sufrir modificaciones, e incluso no aprobarse. Con independencia de que su obligatoriedad se haga escalonada, es previsible que en 2010 ó 2011 sea obligatorio también para todas las empresas (ten en cuenta que el modelo 340 es el sustituto del 347, y no tiene sentido si no lo presentan todas las empresas). Recomiendo leer la pagina que mencionaba el otro día " por Isa73 (Octubre 2008)
|
|
|
Escrito por
Papaymama
el 27/11/2008
Al parecer el modelo 340 se implantará de forma progresiva a partir de 2009 de la siguiente manera: en 2009 sólo será obligatorio para los inscritos en el registro mensual de devoluciones de IVA, ojo porque el registro de exportadores y otros operadores económicos que tambien presentan declaracion mensual hasta ahora pasaran automaticamente a este registro especial en 2009 salvo que renuncien. En 2010 se aplicará a las grandes empresas (mas de 6 millones de euros de facturacion) y en 2010 se implanatará para todo bicho viviente. Desde luego los obligados a presentar el modelo 340 no tendrán que presentar el 347 |
|
|
Escrito por
Jesús Ares González
el 02/12/2008
Mirar la página de la AEAT. Http://www.aeat.es/padres/eedd/index. Htm
|
|
|
Escrito por
Antonio
el 11/12/2008
" Efectivamente, por aplicación del R.D. 1065/2007 , de 27 de julio (BOE del 5 de septiembre), ojo, de 2007, las empresas deberán presentar por internet los Libros de registro de facturas (modelo 340) además de las autoliquidaciones de IVA o de IGIC. Aunque el decreto es del año pasado, no ha trascendido información con cierto detalle hasta finales de julio en convocatorias informativas de la AEAT a algunos sectores de grandes empresas, y hasta mitad de agosto a las empresas de software. La información disponible en este momento es provisional y está en fase de consultas. Puede buscar en internet. Actualmente hay poca información, pero dada la importancia y repercusión del tema es previsible que aumente de forma destacada en breve. Yo busco: registro facturas "modelo 340". " por Isa73 (Septiembre 2008)
|
|
|
Escrito por
Jesús Ares González
el 31/12/2008
Ahora, ya no hay escusa ya esta aprobado desde el 29/12/2008 EHA/3787/2008
Saludos cordiales |
|
Escrito por
Manoloval
el 6 de Enero
Bueno, yo lo he estado mirando hoy dia 06 de enero de 2009, y he visto el modelo 340 y pone que es obligatorio para quienes tengan obligacion de presentar telematicamente los impuestos (osea, las sociedades limitadas y anonimas) y a su vez que esten inscritos en el registro de devolucion mensual del iva, |
|
|
Escrito por
Sus
el 9 de Enero
LA MADRE QUE LOS P........... Al final no se librará ni el pobre autónomo, si no, al tiempo |
|
|
Escrito por
Carol
el 20 de Febrero
"Según la información de Hacienda (que no es mucha), la presentación de este modelo será obligatoria para las empresas que estén obligadas a presentar el Iva vía telemática, es decir, Grandes empresas, Empresas Importadoras y Exportadoras y Sociedades. Me han dicho que el modelo está aprobado pero aún no hay reglamentación sobre el mismo. CBM " por MANOLO (Octubre 2008) Hola, |
|
|
Escrito por
Alvaro
el 20 de Febrero
En cuanto a las compras intracomunitarias, lo que he sacado en claro es que NO se deben declarar en el Libro de Facturas Emitidas (autorepercusión IVA), pero sí en el de Recibidas. |
|
Al escribir en el debate:
|