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Escrito por
Alejandro
el 25 de Mayo
Aunque creo que no es el lugar mas indicado me gustaria saberque sabeis sobre la normativa que obliga a que los ascensores tengan una linea telefonica con el exterior. Sobretodo me interesa saber si esta instalacion la puede hacer cualquier empresa dedicada al matenimiento de ascensores o debe hacerlo exclusoivamente la empresa que tenemos contratada para el mantenimiento. |
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Escrito por
Carlos Alfredo Diego Gasañol
el 26 de Mayo
Creo que si es obligatorio en los nuevos, y los otros se deben ir adaptando. Aunque no fuera obligatorio, es de buen entender, que el dia que haya un problema en el se echara en falta. Por lo que todos deberian tener una forma de comunicacion con el exterior. |
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Escrito por
Ruben D .
el 26 de Mayo
Actualmente todos los ascensores nuevos (tanto de edificios nuevos como de renovaciones) vienen con telefono integrado en la botonera de cabina. Todo lo que es la instalacion del sistema de comunicacion de cabina y el modem del cuadro de maniobra lo tiene que montar la empresa conservadora / instaladora del ascensor. La parte de la linea telefonica te la tiene que instalar una empresa de telecomunicaciones (telefonica por ejemplo). Lo que se hace es poner una toma de telefono en el cuarto de maquinas, y a partir de ahy es cosa de la empresa del ascensor.
En respuesta a Carlos Alfredo, claro que se echa en falta el telefono. En ascensores antiguos cualquier vecino con un poco de maña te podia sacar manualmente, subir y bajar la cabina... Sin demasiadas complicaciones. En los nuevos la cosa cambia.
Ademas, dejar que alguien sin conocimientos manipule la maquina del ascensor (tanto antiguo como moderno) puede ser muy peligroso tanto para la persona que lo manipula como para los pasajeros, e incluso para la propia maqina.
Saludos
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Escrito por
Pedro Sanchez Valverde
el 21 de Octubre
Pedro (MURCIA) Tengo un OTIS AH351. El mantenimiento lo tiene OTIS ,es una maquina que trabaja exporadicamente al ser unifamiliar ,fue montado en el año 2. 006. La pregunta es ¿Este tipo de ascensor es obligatorio el mantenimiento mensual, o ¿Tendriamos otra posibilidad? SALUDOS. |
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Escrito por
Ruben D .
el 21 de Octubre
Articulo 19 del RAE 1985: Las revisiones de conservación se efectuarán una vez al mes como mínimo. Las inspecciones periódicas se efectuarán bien por Industria o bien por las Entidades Colaboradoras Autorizadas en la provincia con la siguiente cadencia:
----Edificios industriales y/o pública concurrencia: 2 años. ----Edificios con más de 20 viviendas o 4 plantas: 4 años. ----Otros edificios diferentes a los casos anteriores: 6 años El RAE fue sustituido por el RD 1314/1997, excepto en varios de sus articulos, entre los que se encuentra este que cito, sobre las obligaciones en cuanto al mantenimiento del ascensor Saludos y espero haber resuelto tu duda |
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