Nominas

Escrito por May78 el 4 de Junio

He escrito en el foro, pero no se si tu contestas también al foro o solo a las consultas que te hacemos en particular.
Te cuento mi caso. Estoy en la junta de una AMPA (Asociación de padres y madres). Nuestra escuela es rural, muy pequeña, y evidentemente sin muchos recursos. Hasta el momento, todas las actividades, las contratábamos a una empresa y esta nos cobraba, comisiones, iva, etc. Para poder rebajar los precios de las actividades puesto que salían a precios astronómicos, hemos decidido contratar nosotros directamente. Fuimos a la seguridad social, a hacienda, etc.. Creo que lo tenemos bastante bien, pero tenemos una duda y es muy importante resolverla. En el tipo de nómina que hacemos, están los conceptos:

Rem Total - PP. Extras - Bases S. S - Base A. T y DES - Base IRPF - T. Devengado - T a Deducir

Bueno, pues el problema viene en la Base de la Seg social. Porque es una nómina de solo 20 horas, y no sabemos si la Base de la Seg. Social = a Tdevengado. Y si no se llega a un mínimo es de 137,27 euros.

Es un contrato para un monitor de actividades extraescolares.

Se que si voy a una gestoría me van a solucionar el problema, pero somos una asociación sin ánimo de lucro, las que trabajamos en ella, no cobramos nada, y se trata de reducir costes para que se beneficien los niños.

Os adjunto la nómina que tengo hecha para que sepáis más.

Muchas gracias de antemano. Saludos



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Escrito por May78 el 10 de Junio

Buenas tardes,
Primero de todo, darte las gracias por atenderme.
Quizás la información no esté completa. No es que contemos 20 días laborales, sino que hacemos un contrato por horas, y al mes resulta que hace 20 horas. ¿Es esto correcto?
Contrato a tiempo parcial / Eventual por circunstancias de la producción. Regimen 0111 - Tiempo parcial 5 horas a la semana.
El 4. 2 euros hora, lo hemos calculado del convenio de Monitores. Y como queremos que cobre un poco más, por eso le ponemos un poco más en complemento plus per.
Nos hemos basado en una nómina que actualmente este mismo monitor que contrataremos, està recibiendo, y nos la ha dado para poder saber como se hace en su caso particular.
Para calcular el TC, fuimos a la Seg Social y nos rellenaron un TC para saber como se tenía que hacer.
Por otro lado preguntarte, que una vez tenemos el contrato rellenado y todo, ¿Debemos llevarlo a la Seguridad Social para que lo revisen y lo registren?
Saludos,

Mireia


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