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Legalizar instalacion

Escrito por Marta Pagona Segoi el 26 de Octubre

Hola a todos, tengo una duda:

En España, para legalizar una instalacion individual de calefaccion por gasoil, con una potencia termica de 30kw, ¿Que documento me tiene que facilitar el instalador: ITE03, o ITE05?

GRACIAS


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Ice Placer Carretero
Madrid, España
Escrito por Ice Placer Carretero el 26 de Octubre

Depende de la comunidad autonoma.

aqui e madrid se presenta el md. IT 3.1.5


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Marta Pagona Segoi
Cuenca, España
Escrito por Marta Pagona Segoi el 29 de Octubre

Gracias Ice, la caldera esta en Cataluña, ahora me miro si es tambien el IT3.1.5.

UN BESO


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Roberto Granado Ruiz
Lleida, España
Escrito por Roberto Granado Ruiz el 30 de Octubre

Pero para legalizar la instalacion o el deposito al ser depositos petrolifero? ¿Eso no tengo yo muy claro por que toy haciendo una instalacion y tambien me gustaria saberlo


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Escrito por Santiago Camaño Poveda el 4 de Noviembre

Hola no se quien te estara asesorando pero no es ninguno, es simplemente un certificado pasado por industria en el que aparezca el sello de industria, el sello y firma de la empresa todos los detalles de la instalacion de calefaccion y el tamaño del deposito que por normativa no puede ser menor de 1000 l. Si es mayor necesitaras otro certificado sobre depositos petroliferos.
Espero que te sirva de ayuda.
www.fontaycal.es


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Jose Moreno Moreno
Ciudad Real, España
Escrito por Jose Moreno Moreno el 5 de Noviembre

Como instalador que soy de Ciudad Real decirte que hay que presentar un certificado y una memoria por cuadruplicado firmado y sellado por un instalador autorizado en la delegaciòn de Industria de tu provincia y junto con esto se te pide un croquis de la instalacion del depòsito de gasoil que serà de la medida que haya justificado el instalador (segùn normativa, segùn calculos tiene que haber gasoil suficiente para un mes mìnimo) desde 200 litros hasta 3500 màximo, con las siguientes condiciones, hasta 1000 litros con bandeja recogedora de vertidos y a partir de 1000 litros con depòsito de doble cubeto, o sea un depòsito dentro de otro, si el depòsito està instalado en un edificio de varias viviendas sòlo se podrà montar de 400 litros doble cubeto, pero todo esto tendrà que hacerlo un instalador autorizado que estè dado de alta en la provincia donde estè ubicada la instalacion, con lo que llama a un instalador si tienes de confianza y si no pregunta precios y decide. Todo esto en Castilla la Mancha, supongo que en Cataluña no habrà mucha diferencia porque la normativa es la misma RITE 2007, si acaso modelos diferentes.


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