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Escrito por
Txabi
el 18/10/2006
Hola de nuevo! Mi consulta es la siguiente: hace tres meses que trabajo como autónomo y me veo en la obligación de presentar la declaración trimestral del IVA. Quisiera saber que tipo de gastos puedo reflejar como IVA soportado (Compra de vehículo nuevo ode 2ª mano, reparaciones del mismo, gastos de combustible, otro tipo de gastos...) ¿Es preciso hacer algún trámite previo o posterior para desgravar estos gastos? ¿Es imprescindible reflejarlos en los denominados libros de gastos e ingresos? ¿Me exigirán una cuenta bancaria exclusiva para los movimientos de la actividad que ejerzo? La verdad es que soy nuevo en esto y no conozco como funcionan en hacienda. Por si sirve de algo os diré que ejerzo una actividad profesional, por ahora solo facturo a una empresa y mi facturación anual no sobrepasará los 30000 €. Gracias por todo! |
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Escrito por
Alberto
el 18/10/2006
Siempre te podras desgravar, el iva de las facturas, que tengas por motivo de tu actividad, (si tienes un local, el alquiler, luz, telefono, agua, el vehiculo si te hace falta para tu actividad, y es exclusivamente para ella, te podras deducir el iva de la factura de compra, las reparaciones, y el carburante, pero como te he dicho antes siempre que tengas factura, no valen tickets. Si el vehiculo tambien lo utilizas para fines particulares, entonces solamente te podras deducir el 50% del iva, de los gastos que te ocasione (reparaciones, gasolina, compra vehículo) Tendras que llevar un libro de ingresos, otro de compras y gastos, y el de bienes de inversión, donde tendras que anotar todos los gastos que tengas por orden de fecha, desglosando la base, el iva y total factura. |
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Manra
el 04/11/2006
¿Y en IRPF que gastos me puedo desgravar en estimacion directa simplificada? ¿Las comidas es posible? ¿Gasolina?
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Laura
el 22/05/2007
He montado una sociedad civil y mi padre se ha dedicado a hacer compras dando el cif de mi empresa no tienen nada que ver con la actividad de la empresa las compras q ha realizado. No se que hacer con esas facturas si las puedo desgravar? |
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Marisa
el 20/09/2007
Hola , Aún temiendo parecer algo pardilla y lo soy en este asunto, quisiera saber que puedo aportar para la desgravación en nuestra declaración de hacienda con respecto al I.V.A. He oido decir que se pueden aporta todos los tickets de supermercado, etc. Aqui el trabajador es mi marido, que trabaja para una empresa y hasta ahora por estar a media jornada, cosa que ha cambiado, ya esta a jornada completa, estabamos exentos de declarar. Yo soy ama de casa e intento informarme. Perdonen si les parezco simple, pero no soy ducha en estos temas. Muchas Gracias. |
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MercÉ Mas
el 24/01/2008
si tengo 2 coches a mi nombre puedo desgravar el 50 % del IVA de la gasolina y los gastos de los dos? Tengo entendido que de renta no puedo desgravar nada, cierto? |
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Facio
el 10/12/2008
Mi madre es propietaria en usufructo, de un local alquilado, que declara el IVA. Ella que está en una Residencia de ancianos y que la fiscalizan con el 7% de iva. Puede desgrava este en la declaracion trimestral suya. Gracias
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Tiniosca
el 17 de Mayo
Buenos días,
Esta claro que cuando hablamos de desgravaciones en terminos de actividad, no hacemos referencia al IRPF, no endria sentido que te deducieses de la renta la compra de comida o gasolina. No así cuando nos referimos al IVA. Mi pregunta es:
Me hago autónomo esta semana y me voy a comprar un turismo. ¿Puedo desgravarme todo el IVA o solo el 50%? De desgravarme la totalidad como demostraría hacienda que lo uso también para fines particulares? ¿Las comidas en restaurantes, tickets de zona azul, parquings y peajes son también desgravables del IVA?
Gracias |
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Adolfo Andres Alonso
el 22 de Octubre
Buenos dias, ruego me ayuden a resolver una duda. |
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Satur Romero Márquez
el 28 de Octubre
Bueno, espero serviros de ayuda a unas cuantas preguntas, aunque lo suyo es consultarlo con vuestros respectivos asesores, que para eso le pagais y para eso os pasarán una factura a fin de mes. Seré breve: -tickets de gasolina, de comida, etc... No pueden deducirse como gasto. A lo sumo, sirven para cubrir la parte de nomina de dietas ante una inspeccion y justificarlas (y ahi se juega un poco con las lagunas legales). -Tickets NUNCA se deducen, en todo caso FACTURAS y, como ya han dicho por ahí, si tienen relación con la actividad en la que está dado de alta el autonónomo. -En el caso de compras de coches y demás, hay varias cosas a tener en cuenta. Es jugar un poco con la ley. Puedes comprar un coche y deducirte todo el iva (incluyendo facturas de gasolina y reparaciones) y deducirlo como gasto en irpf si, 1º) guarda relación con tu actividad empresarial, y si, 2º) ese vehículo está destinado a tu actividad empresarial. Si viene una inspeccion quieren saber si está destinado a tu actividad, ¿Como lo pueden saber y no tomarlo como un vehiculo de uso particular? Lo mas sencillo es ver si está serigrafiado o con rotulos con el nombre de la empresa, y, evidentemente, tiene que estar a nombre del autonomo o de la empresa.. -en todos los casos contrarios es jugartela... Espero haber ayuda en algo. Un saludo |
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Escrito por
MercÉ Mas
el 28 de Octubre
Yo tuve un problema con hacienda por el tema del coche. Paradojicamente te puedes desgravar el 50% del Iva del coche pero a efectos de renta no puedes desgravar nada si no lo tienes a nobre de la empresa. Respexcto a los demás gastos si tienes un despacho puedes desgrvar Iva Renta de todo lo justificable. Si tienes el despachop en casa y lo tienes declarado en la actividad puedes desgravar la parte proporcional de los m2 asignados. |
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Escrito por
Martin Saiz Ibañez
el 31 de Octubre
- Eres por lo que dices un trabajador autónomo y como tal debes estar dado de alta en Hacienda, modelo 037. Y tambien en la S.S.como autonomo. |
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