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IPT y Certificado de minusvalia

Escrito por Elena Lopez el 2 de Octubre

Hola
Quisiera haceros una consulta ,segun he leido y ha habido muchas consultas haciendo referencia a que la ipt que ya tiene un 33% reconocido de discapacidad con esto ya no hacia falta tener la minusvalia y a mas habia un decreto ley que decia que para la no descriminacio... No me acuerdo del articulo de ley
Al grano... Me compro un coche con el descuento de la minusvalia,de todo el papeleo se encarga el concesionario,el coche me loda ,de hecho hace tres meses que ya lo tengo,pues ahora me viene una carta de la generalitad diciendo que tengo 10 dias para aportar la documentacion solicitada (minusvalia) Texto
De no formalizar el tramite en los terminos establecidos del articulo... 76 de la ley 30/92...... Continuara la tramitacio del expediente y en virtud del arti... 120. 2 de la ley general tributaria 58/2003 se procederaa practicar de oficio la liquidacion complementaria procedente
LLama al concesionario y me dicen que no haga caso que lo unico que debo hacer es ir a hacienda llevar el original de la ss. Ss conforme tengo la IPT y el carnet de conducir que eso lo hacen para poder demostrar que el coche es mio y no se hace negocio
Sabeis algo? Perdonar el rollo Graciasn de antemano


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Manel Perez Garcia
Cantabria, España
Escrito por Manel Perez Garcia el 3 de Octubre

Efectivamente, algo de lio hay, pero si exibes la documentación, no creo que tengas problemas.

La ley 51/2003 y posteriormente el RD 1414/06 equiparan Incapacidad Permanente con minusvalía 33%

Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía.

1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:
a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
(...)
A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1. 2 de este real decreto."


Así que en caso de que no se lo acepten puede denunciar y con todas las de ganar... El RD es reciente y muchos funcionarios ni han oído hablar de él, pero es de obligado cumplimiento, así que infórmale a esa persona.

Un saludo


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Elena Lopez
Barcelona, España
Escrito por Elena Lopez el 3 de Octubre
"Efectivamente, algo de lio hay, pero si exibes la documentación, no creo que tengas problemas.

La ley 51/2003 y posteriormente el RD 1414/06 equiparan Incapacidad Permanente con minusvalía 33%

Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía.

1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:
a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
(...)
A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1. 2 de este real decreto."


Así que en caso de que no se lo acepten puede denunciar y con todas las de ganar... El RD es reciente y muchos funcionarios ni han oído hablar de él, pero es de obligado cumplimiento, así que infórmale a esa persona.

Un saludo

"

por Manu (Octubre 2009)

Gracias Manu,haber como acaba todo esto pues la verdad es que no quisiera llegar a denunciar y menos a juicio,pero a veces es lo unico que puedes hacer


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Alba Guinnot Marquez
Albacete, España
Escrito por Alba Guinnot Marquez el 9 de Octubre

Yo tengo una IPT y he pedido el certificado de minusvalia.
no sirve lo de solo ir a hacienda. En bienestar social por mucho que ya tengas minimo el 33 por ciento de discapacidad,has de rellenar un papel,entregar informes medicos y pasar una revision. Te dan seguro el 33 pero alomejor pueden hasta aumentarlo,quitartelo nunca.
ah importante una vez entregados los papeles no te ciatn hasta los 6 meses para los medicos y luego a ver cuanto tardar en darte el ceertificado.
un beso y suerte.


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