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Escrito por
Elena Lopez
el 2 de Octubre
Hola |
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Escrito por
Manel Perez Garcia
el 3 de Octubre
Efectivamente, algo de lio hay, pero si exibes la documentación, no creo que tengas problemas. |
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Escrito por
Elena Lopez
el 3 de Octubre
"Efectivamente, algo de lio hay, pero si exibes la documentación, no creo que tengas problemas. La ley 51/2003 y posteriormente el RD 1414/06 equiparan Incapacidad Permanente con minusvalía 33% Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía. 1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos: a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente. b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. (...) A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1. 2 de este real decreto." Así que en caso de que no se lo acepten puede denunciar y con todas las de ganar... El RD es reciente y muchos funcionarios ni han oído hablar de él, pero es de obligado cumplimiento, así que infórmale a esa persona. Un saludo " por Manu (Octubre 2009)
Gracias Manu,haber como acaba todo esto pues la verdad es que no quisiera llegar a denunciar y menos a juicio,pero a veces es lo unico que puedes hacer |
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Escrito por
Alba Guinnot Marquez
el 9 de Octubre
Yo tengo una IPT y he pedido el certificado de minusvalia. |
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Al escribir en el debate:
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