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INSS recurre incapacidad absoluta.

Escrito por Kampestre el 11 de Enero

Hola voy a resumir brevemente mi caso:
Tengo 30 años, despues de estar casi un año de baja, la inspectora me propuso para una incpacidad permanente absoluta, me vió el EVI y estaba de acuerdo en que por mis lesiones (malformación degenerativa de rodillas) me darian la IPA. La sorpresa fue que al mes aprox. Reciví una carta en el que me decian que las lesiones que tengo no son incapacitantes, por lo que no me daban incapacidad. Hice el recurso previo y me respondieron lo mismo. Lo llevé a juicio y la sentencia es que me dan la absoluta. Como este mes me ha pagado la empresa, fui a informarme al INSS para ver que pasaba y me dijo que se debia a que todabía no me ha dado de baja la empresa pero que en cuanto lo hiciese me pagarian la pensíon, también me comento que la sentencia habia sido recurrida por la INSS.
Estas son mis preguntas:

¿Suele la INSS recurrir las sentencias?, ¿Cuanto tiempo se tarda en saber la resolución?

¿Puedo adjuntar mas informes para este juicio? (Es en el tribunal superior de justicia)

Si me dan una icapacidad inferior, ¿Tengo que devolver el dinero de más que voy a percibir?


Estoy bastante asustado al saber que han recurrido, espero recibir respuesta. GRACIAS.


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Gaspar+de+guzman Y Pimentel
Bosnia-Herzegovina, ...
Escrito por Gaspar+de+guzman Y Pimentel el 12 de Enero

¿Suele la INSS recurrir las sentencias? , Si por "sistema" recurre siempre e incluso si le es desfavorable puede y normalmente lo hacen recurrir al Tribunal Supremo. El tiempo de la nueva vista por parte del Tribunal correspondiente, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma, depende en mucho de los casos que pudiera tener acumulados; pueden ser meses e incluso años. Tendrá que tener una citación previa a la celebración de la vista. En el caso de que el Tribunal falle en favor del INSS es usted el que podrá acudir al Tribunal Supremo. Y en posible, pero no seguro, que dictaminen una invalidez inferior tendría que devolver la diferencia al INSS, que llegado el supuesto caso le concederá plazos para la devolución. No existe una regla y un comportamiento generalizado pero el 90% de los casos fallan a favor del demandado, en este caso usted. E incluso muchas veces y con presentación de documentos conceden un mayor grado de invalidez beneficiando. Tranquilicese y esto va para rato, y tal como está hoy día la justicia ( acumulación de casos), puede ocurrir de tardar varios años. Sin olvidarse del tema tranquilicese pudiendo darse el caso que el EVI, de aquí a dos años le cite para la revisión del estado de sus dolencias.


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Escrito por Kampestre el 14 de Enero

La respuesta me ha sido de ayuda, pero no estoy muy de acuerdo respecto a que en el caso de que en el tribunal superior el juez decidiese que mi pensión pasase de ser absoluta a total yo tuviese que devolver la diferencia a la INSS. Porque yo ahora no puedo trabajar en nada, y si luego me dicen que lo que yo tengo es una total o que no me reconocen incapacidad alguna ¿Como recupero yo todo este tiempo que he estado sin trabajar? Si yo les tengo que pagar lo que me han dado de más de pensión, ¿Por qué no me pagan ellos lo que yo he perdido por no poder estar trabajando? , sería lo mas logico.

Respecto a que la INSS normalmente recurre hasta el supremo (de no ser favorable la sentencia) yo he leido en otros foros de que la INSS no recurre mas allá del Tribunal Superior de Justicia.

Un saludo, esperando respuesta.


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Gaspar+de+guzman Y Pimentel
Bosnia-Herzegovina, ...
Escrito por Gaspar+de+guzman Y Pimentel el 14 de Enero

Pero por otra parte si le reconocen una invalidez superior a la que ahora tiene, según su lógica, el INSS no tendrá que pagarle la diferencia ¿No?
Más prueba de que no puede ejercer actividad distinta a la que venía realizando es que no puede trabajar en ningún otro oficio. Pero si que podría trabajar en distinto oficio hasta el que venia ejerciendo.
Este es un foro libre donde a preguntas de la gente otros nos ofrecemos a dar nuestra opinión, pero que no es ni vinculante ni tiene ninguna validez ante nadie ni ante nada.
No busque la lógica en las leyes, le repito que puede trabajr en otra cosa distinta a la que realizaba, no hay ninguna pega en realizarlo.
Pues me alegro mucho que el INSS solo llegue hasta el Superior de la Comunidad Autónoma. Que así sea en su caso. Y sobre darle un grado inferior creo, creo, que sería bastante improbable.


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Escrito por Garrasiak el 18 de Junio

Http://garrasiak.blogspot.com/


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Lola Gines Martinez
Jaén, España
Escrito por Lola Gines Martinez el 3 de Noviembre

Buenas tardes,

El problema que tengo es el siguiente: mi marido lleva 21 meses de baja, la empresa le pagó 18 d ellos, pero éstos 3 siguientes, Fremap, dice q no paga si no rellena el formulario para el tribunal del inss, para q le den o no la incapacidad permanente. Siempre ha sido una persona con problemas depresivos, pero lo q nos ocurrió es para matar a alguien de un plumazo y no mejora, Ha intentado hasta suicidarse en casa con pastillas. Se nos murió hace 7 años nuestra hija de una enfermedad hereditaria muy rara, de ahí hasta acá no mejoraba, pero se le sumó que nació mi segunda vástaga enferma también, con malformaciones y demás. Ya no sabe si quiere morirse o vivir, y por si fuera poco, con una hija enferma, y con el marido sumido en un proceso de depresión gravísima, no nos paga Fremap el subsidio de IT tras transcurrir los 18 meses de pagarnos la empresa.. ¿Qué hacemos?. ¿Qué nos puede pasar?. ¿Cuánto suele tardar el tribunal?.

Muchas gracias,

Lola


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Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 3 de Noviembre

Hola Lola. No sé si te he entendido bien: a partir de los 18 meses la empresa da de baja al trabajador, eso es correcto, pero como sigue enfermo alguien tiene que pagar la IT hasta el máximo posible, que son 24 meses, en este caso parece que la Mutua Fremap. Pero ya no entiendo eso de que no te pague si no rellena el formulario. Para empezar, a partir de los 12 meses en IT, el INSS tiene que determinar si sigue en IT, es decir prórroga, lo dan de Alta o lo proponen para una incapacidad permanente ¿ésto no ha ocurrido? Si no ha recibido una carta en la que se indica en qué situación está, lo mejor es ir a un CAISS (Centro de Atención en Información Seguridad Social- INSS) y preguntar. Puede ocurrir, lamentablemente ocurre, que el proceso de IT de su marido no se haya Controlado por parte del INSS. Al margen de esto que le cuento, si la Mutua es la responsable de las contingencias de IT tiene que pagarle, y si no Denunciarla.


Lo normal es que si sigue enfermo y no se prevé curación en poco tiempo, lo propongan para una incapacidad permanente. Como éso no ha ocurrido, la Mutua pretende ahorrarse la IT y por eso le "obliga" a que su marido pida la incapacidad. Lo dicho: vaya a un CAISS y que le informen.


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Lola Gines Martinez
Jaén, España
Escrito por Lola Gines Martinez el 4 de Noviembre

Hola Druida, y gracias..!

Lo que la mutua quiere es eso, ahorrarse el dinero de la it hasta los 24 meses. Lo que quiere es q vayamos al INSS con los informes rellenos para solicitar q el tribal nos de la incapacidad o lo echen a trabajar, así ahorra tiempo y pagos. EL problema es q nos están coaccionando con ese rollo. " si no haces los papeles y nos los mandas con el sello del INSS, no hay dinero. Eso es lo que hay, lo tomas o lo dejas". Así nos lo indica muy cortés un tal señor de la mutua de Madrid.. Y aquí vamos pidiendo dinero a todo el mundo entre enfermedad y enfermedad para poder vivir, devolviendo letras el banco gracias a ésta mutua tan humana q le da igual q una niña y un hombre enfermos tiren de esa manera sin necesidad, vulnerando nuestros derechos. Y EL CAISS, Q ES?.. SE LLAMA ASI?.. SIENTO MI INCULTURA.

Gracias... Druida, un placer---


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Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 4 de Noviembre

Aunque la Mutua pueda llevar algo de razón (poca) esas no no son las formas, me explico: a partir del mes 12 en IT, el INSS tiene que resolver si Alta en IT, prórroga o propuesta de incapacidad permanente. Parece que ésto no ha ocurrido, y de ahí el empeño de la Mutua en que tiene que haber Resolución por parte del INSS. Pero si no lo hay, por fallo en el Control de la IT (achacable al INSS o a la empresa de su marido que no ha hecho bien las cosas), sea como sea, la Mutua sabe que tiene que pagar la IT mientras no haya esa Resolución. Así que dejar de pagar es una canallada. Además si tanta prisa tiene la Mutua, también pueden pedir explicaciones al INSS.


Los CAISS son Centros de Atención del INSS (Seguridad Social). Debe ir allí y preguntar por qué no han resulto todavía que van a hacer y sobre todo la situación en la que le deja la Mutua.


Al margen de aclarar el tema del expediente de su marido en el CAISS, yo presentaría un escrito en la Mutua de queja, que le servirá para exigir, por escrito, el motivo de no estar percibiendo la IT a la que están obligados. Pida asesoramiento en algún Sindicato o incluso abogado de oficio, al que seguro tendrá derecho si no percibe ningún ingreso.


Un saludo, y no deje el tema.


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Lola Gines Martinez
Jaén, España
Escrito por Lola Gines Martinez el 5 de Noviembre

Buenos días Druida,

Te haré caso e iremos a un abogado, ésto, como bien has dicho tú, es una canallada.

Gracias,

Un saludo,

Lola.


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