Inspeccion iva

Escrito por Paz Martin el 26 de Octubre

He tenido una inspeccion del 2008 de iva de una empresa en la que nos han quitado dos facturas por importe de base imponible 30.000.-€, por que eran certificaciones, pero que me ha dicho el inspector que me las deduzca en el 2009. Para que el iva sea deducible tiene que aparecer en el libro de registro de facturas recibidas, pero yo ya me he deducido el gasto en el 2008(base), como puedo contabilizar esto para que no se me quede en el proveedor y me aparezca en el libro de facturas recibidas. De la forma que había pensado, el iva me lo dedeuzco normal, la base pongo una diferencia tempo9ral positiva en el impuesto de Socfiedades, pero el total factura, no se me anula. ¿Que tengo que hacer?. No se si me he explicado bien. Saludos







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Petrus Petrus
Barcelona, España
Escrito por Petrus Petrus el 28 de Octubre

Vamos a ver paz:
Dices que en una inspección "nos han quitado dos facturas por importe de base imponible 30.000.-€,". ¿Pero qué más?. ¿Os han quitado dos facturas de donde y a donde las han dejado?. ¿No será que , detrás de la expresión "quitado dos facturas" en realidad te han dicho que te habias deducido el IVA de manera incorrecta dentro del 2008 y por lo tanto habrán levantado Acta sancionadora por ello por el importe de dicho IVA, más recargos?
Explícanos toda la película, con pelos y señales.
La inspección es evidente que era por la parte fiscal del IVA y por lo tanto la base imponible de estos 30. 000 € no está puesta en duda por lo que respecta a su contabilización y repercusión en el Impuesto Sociedades. Ahí no tienes nada que cambiar.
Si como supongo existirá lo del Acta ( no lo entenderia de ninguna otra manera), lo que debes hacer es que al ingresar el importe del Acta a Hacienda ;el nominal de este IVA mal deducido, lo deberás llevar otra vez a la 472-H. P- IVA soportado ,
Debe: xxx 472
Haber: xxx 572
A partir de aquí, en la próxima liquidación trimestral del mod. 303, lo incluyes a deducir y saldas la partida dentro de la 472 como un IVA normal del período. Los recargos y demás del Acta, lo contabilizas por su naturaleza.
Lo único que te recrimina Hacienda en su inspección es que, tratándose de certificaciones de obra, ( calificadas como anticipos) el IVA no es deducible hasta el momento de su pago, no por la fecha del documento. En vuestro caso, entre estas dos situaciones, debió suceder el cambio del trimestre y año.
Espero te haya ayudado.


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 28 de Octubre

Me has ayudado mucho, pero tengo muchas dudas, primero: no he pedido devolución, ha sido una comprobación , entonces como podría ajustar el saldo de la 470 que en realidad va a pasar a ser 472, ¿Cómo lo haría?. El traspaso lo haría pero para podermelo volver a deducir me "exigen" ( según palabras del inspector: lo que no esté en el libro de registro de facturas recibidas o expedidas, no está en el mundo) que estén en el libro de iva. Si lo vuelvo a contabilizar en el libro me quedaría el montante de la factura en el acreedor sin saldar, porque el iva si lo anularía deduciendomelo, la base también por una diferencia temporal positiva en el impuesto de sociedades, puesto que ya me lo deduje en el 2008, pero y el acreedor?. Tienes que tener en cuenta que de esos 30000 una certificación se paga éste año (16000), con lo que el saldo del acreedor se me anularía, pero los 14. 000, se pagárón en el 2008 y como no aparecían en el listado de facturas recibidas, pero si en el modelo 303, nos la quitan, y ahora la tengo que volver a contabilizar, para que me aparezca en el libro y entonces ¿Como anulo el total factura si ya la tengo pagada en el 2008?. No se si entiendes mi duda, espero que si y de antemano muchas gracias.


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 28 de Octubre

Inspeccion iva


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 28 de Octubre

Inspeccion iva


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 28 de Octubre

Inspeccion iva


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Petrus Petrus
Barcelona, España
Escrito por Petrus Petrus el 28 de Octubre

Lo siento, pero no llego a coordinar, todo eso que explicas.
Quizá haria falta tener el detalle, paso a paso, de todas las contabilizaciones efectuadas en cada momento y sus razonamientos.
A falta de mayor concreción, nada más puedo añadir.


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 28 de Octubre

Bueno, voy a ver si me explico. En el año 2. 008, hicieron una inspección a esta empresa de iva del ejercicio 2007 y existia una certificación con fecha de pago Ene 2. 008, que le "quitan" y le dicen que se lo deduzca en el 2,. 008 (de acuerdo), el importe es de 16. 000,00 total factura. Acaba el ejercicio 2. 008 y nos deducimos esa certificación, sólo el iva, (2. 206,98. -€) porque la base ya me la deduje en el 2. 007. Me vuelven a inspeccionar en el 2009, el ejercicio 2. 008, y me vuelven a "quitar" los 16. 000,00. -€, ésta vez, porque no está contabilizada la factura en el libro de registro de facturas recibidas. Mi duda es: si contabilizo la factura en el libro sería

4100000 H 16. 000,00. -€

6780000 D 13. 793,10. -€ (lo llevo a gastos excepcionales porque ya me lo he deducido)

4720000 D 2. 206,98. -€.

Me deduzco el iva, y la 678 en el impuesto de sociedades lo pongo como diferencia temporal positiva, pero que hago con los 16. 000,00. -€ del 410000 que ya está pagada en Enero del año 2. 008. ¿Cómo anulo esos 16. 000?.

Disculpadme, si no me entendeis , no se explicarme mejor. Muchísimas gracias por perder vuestro tiempo conmigo, e intentar ayudarme,



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Petrus Petrus
Barcelona, España
Escrito por Petrus Petrus el 29 de Octubre

Pero, vamos a ver, cada vez que la inspección (2008 y 2009) dices que "te quitan los 2. 206,98 del IVA " ( 13793,10 + 2206,98= 16. 000 ), ¿En qué repercute este hecho?, ¿Levantan Acta sancionadora a pagar , o qué?,


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 29 de Octubre

Si, ponen sanción, por habernos deducido iva no deducible (para ellos), puesto que no está en los libros de registros de facturas recibidas. Repercute en que en vez de quedarme a compensar 200. 000,00. -€, me quedan 197. 793,02. -€ (200. 000,00 - 2. 206,98), cuando realmente es una factura de gasto que yo me puedo deducir.


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Petrus Petrus
Barcelona, España
Escrito por Petrus Petrus el 29 de Octubre

Bien, puedo proponerte lo siguiente, sin mucha convicción, pero es que lo complicado de tu caso, se sale de lo habitual:
1)-Si el efecto de las Actas fué rectificar vuestro derecho a la deducción de los 2. 206,98, quiere decir que dicha cantidad quedó, o quedará pendiente en la cuenta de 4700-H.P. Deudora por IVA , ya que solo de los esperados, los 200. 000 €, a compensar o devolver , valdrá solo el principal de 197. 793,02 correctos.
2)- Para conseguir via libre para la deducción de dichos 2. 206,98 ahora dentro del 2009, ya te lo han dejado claro, debe figurar la partida de su base imponible, los 13. 793,10 en el Libro Registro de Facturas Recibidas. No voy a entrar a discutir el criterio de la inspección , ya que esta base en su dia ya quedó declarada y lo único que penalizable fué su deducción anticipada en el tiempo. Vamos pués a justificarla en Libro. Ahora en el 2009 contabilizas otra vez la factura de marras en base a:
Debe : 13. 793,10 113-Reservas voluntarias ( por lo de errores años anteriores)
2. 206,98 472-IVA soportado ( finalmente deducible )
Haber: 16. 000 410-Acreedores varios
ya la tenemos en el Libro de Registro Facturas Recibidas del 2009 y sin pega para deducir el IVA.
y automáticamente en contrapartida, por simple asiento:
Debe: 16. 000 410-Acreedores varios
Haber: 13. 793,10 113-Reservas voluntarias ( compensación del cargo por la factura)
2. 206,98 4700-H.P. Deudora por IVA
la entrada al haber de la 4700 vendrá a compensar el saldo deudor de los 2. 206,98 que queda o quedó descolgado de la compensación del IVA, descrita en el punto 1).

Por todo ello, hasta aquí puedo llegar. Espero puedas resolver el tema.


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Paz Martin
Madrid, España
Escrito por Paz Martin el 30 de Octubre

No se si estarás convencido, pero a mi me parece perfecto y me has solucionado el problema. Muchisimas gracias por tu paciencia y por tu interes, me has ayudado muchísimo. Espero algún día poderte ayudar a ti en algo. Saludos


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