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Escrito por
Luis
el 01/12/2006
Hola, soy consejero de seguridad de una empresa que transporta equipos de medida de densidad y humedad de suelos, clasificados como Mercancías Peligrosas de la Clase 7 (UN 3332), bultos de tipo A. Tengo una duda a la hora de realizar el Informe Anual del Consejero, en cuanto a las cantidades transportadas. No estoy seguro si, al hacer los cálculos de las toneladas, tengo que considerar sólamente la masa de materia radiactiva (de la fuente radiactiva encapsulada que contiene el equipo de medida), o la masa de todo el equipo medidor (que va dentro de un maletín de transporte, que es el que se considera como bulto tipo A, y el cual va etiquetado y marcado como corresponde según el ADR). No sé si me he explicado con claridad. Agradecería cualquier tipo de comentario al respecto.
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