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Hace falta el Colegio de Delineantes?

Escrito por Fdj1000 Barber Gonzalez el 29 de Octubre

Usted cree de verdad que un delineante que no sea autónomo tiene que estar colegiado?

Porque y para qué? Mire yo soy Delineante desde hace ya 8 años, y estoy colegiado desde

hace 2, la única diferencia que he notado de estar a no estar es que SEMESTRALMENTE

ME COBRAN LA CUOTA. Yo por lo que creo, es que usted de alguna manera está vinculado

de alguna manera al Colegio, pero me refiero ganancialmente.




Gracias


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Luis Gomez Fernandez
Madrid, España
Escrito por Luis Gomez Fernandez hace 10 días

No hace ninguna falta
un saludo


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Gesdeman Martínez Pérez
Valencia, España
Escrito por Gesdeman Martínez Pérez hace 10 días

Creo que si que hace falta estar colegiado, ya que lo poco que se ha conseguido han sido los colegios; desde luego los sindicatos están callados como muertos, y más ahora que hay motivos para montarle un follón al gobierno y ni por esas, eso si la subvención que reciben es de varios miles de millones de pesetas.

Soy miembro de la junta de gobierno de un colegio y no debemos tener más del 20% del total de delineantes (o que ejercen como tales) colegiados. Multiplicando por cinco el número de colegiados se podrían hacer bastantes más cosas, pero aún así tenemos una bibiloteca a disposición de todos los colegiados, asesoría jurídica, realización de declaraciones de renta, convenios con: Institutos Tecnológicos, Bancos (coste cero para todo), Opticas (más del 40% de descuento), Seguros Médicos, Empresas de Software y Hardware, Mobiliario, y un largo etc. Pero que siendo cinco veces más, se conseguirían más cosas con toda seguridad.

En cualquier aclarar que ningún miembro de la junta percibe sueldo de ningún tipo.

Y para fdj1000 Barber , si quiere que se presente a unas eleciones y que se integre para trabajar en una junta de gobierno.


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Mamensbd _-_
Barcelona, España
Escrito por Mamensbd _-_ hace 9 días

Para Gesdeman Martínez Pérez, yo también creo que los colegios son necesarios. Y aprovechando que estas aquí y que eres miembro de la junta de gobierno del colegio de Valencia, me gustaría que explicaras que pasos se han dado, se están dando o se piensan dar como entidad colaboradora con la administración respecto a la reciente y ya acordada por todas las partes nueva Ley de la Función Pública Valenciana que desarrolla el EBEP.

http://www.fspugtpv.org/fsp/media/anteproyectoleyadministracion. Pdf
Http://www.fsc.ccoo. Es/webfscpaisvalencia/menu. Do? Actualitat:Sindical:Actualitat:62731

Como puedes ver a los delineantes nos podrán mantener en el grupo C1 sin exigir titulación especifica alguna. Con cualquier título de FP1, Técnico de un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Bachillerato podrás ser Delineante en cualquier administración Valenciana. No solo eso, se crea un nuevo Cuerpo de Técnicos de Gestión de Proyectos de Urbanismo y Construcción en el nuevo grupo B que si se exigirá el Título correspondiente de FP2 o Técnico Superior pero perdiendo nuestro nombre de "Delineante" y a aquellos que ya están ocupando una plaza de delineante que se le haya exigido el título de FP2 o TS tendrán que pasar otra prueba para poder pasar al nuevo grupo B. ¿Que administración Valenciana creará plazas para el nuevo grupo B si puede tener delineantes en el grupo C1? ¿No se decía que tenemos una profesión Titulada, Colegiada y Regulada? En la Comunidad Valenciana veo que no. Esto seguramente creará un precedente para que otras administraciones hagan un "cortar / pegar" de esta Ley y la copien en sus nuevas Leyes.

Según “parece” en los acuerdos a que llegaron este verano los sindicatos y la vicepresidenta primera del gobierno en la Administración Central y en los acuerdos del año pasado entre sindicatos y la Administración de las Islas Baleares, “parece” que en esas administraciones las cosas no irán de esa forma: según dicen respectivamente: “ A efectos de la titulación requerida para el acceso a los distintos Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera, se tendrán en cuenta los compromisos adquiridos por España en esta materia en relación con lo previsto en el artículo 76 del EBEP. ” y "En cuanto a la Ley 2/2007, de cuerpos y escalas, es imprescindible, como hemos dicho, adaptarla a la nueva clasificación del EBEP, sobre todo en cuanto a la introducción del nuevo grupo B, con todas las consecuencias que eso implica.".

Pero hasta que no vea esos acuerdos plasmados en nuevas Leyes o como proyectos de Ley escritos, viendo el precedente valenciano, no me lo creo.


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