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Fras. Intracomunitarias sin iva

lucy
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 29 de Octubre

Hola buenas!

Tengo una duda a ver si lo estoy haciendo bien o no.. Tengo un proveedor que es de Francia y me emite unas fras. Sin iva y con dto. Por pronto pago.

Yo lo contabilizo asi:

1º (341. 4) obras en curso A (400. 2) proveedor

2º otro asiento donde reflejo el dto.

(400. 2) proveedor A (7653. 1) dto. Por pronto pago en ventas


Lo estoy haciendo bien? O hay algo que me dejo?

Porque luego hay que hacer el modelo 349...


Saludos y gracias


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Mga ***
Burgos, España
Escrito por Mga *** el 29 de Octubre

Si te emite unas facturas sin IVA será porque le has facilitado el NIF Intracomunitario. Ahora tu tienes que contabilizar esa factura CON UN IVA SOPORTADO para Operaciones Intracomunitarias y CON UN IVA REPERCUTIDO para Operaciones Intracomunitarias en la misma cantidad en ambbos IVAS con lo cual el IVA será NEUTRO y luego figurarán en el Modelo 303 y en las casillas 19 y 20 para el IVA REPERCUTIDO y en las casillas 30 y 31 para el IVA SOPORTADO y además tendrás que realizar el MODDELO 349 en el Trimestre en que se haya efectuado la operación Intracomunitaria.
En cuanto a la contabilización de la factura da la impresión que se trate de alguan actividad relacionda con la construcción y por eso ACTIVAS la compra a una cta del Grupo 3 EXISTENCIAS. En cuanto al descuento sería interesante ver si es dentro o fuera de la factura , a mi modo de ver si está dentro sería menos coste y por lo tanto menor Base Imponible, si está fuera si que habrá que considerarlo como un ingreso Financiero

Esta es mi opinión, no sé si pueda haberte ayudado

Manolo


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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 30 de Octubre

Hola Manolo, no lo entiendo y perdona mi ignorancia... Si el iva es 0 porque la fra es sin iva, que debo hacer? Dar de alta un iva soportado 472***** con iva 0% y definicion para operaciones intracomunitarias y otro iva repercutido de igual caracteristica? Y contabilizar la fra con ese iva 0 y en el mismo asiento iva repercutido 0 tambien?


En cuanto al grupo 3 si, es un proveedor que nos suministra para una determinada obra, y le tengo asignado de contrapartidas el grupo 3, cada obra tiene un 341. * y luego a final de año se regulariza con el grupo 6.


La verdad es algo curioso como hacen las facturas, el dto lo aplican sobre la base sin iva claro porque no hay iva en la fra pero el total de la misma sigue siendo la base. No aplican el descuento, no lo restan. Sin embargo yo si pago el total de la fra sin el dto.


Muchas gracias Manolo por responder. Un saludo


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Mga ***
Burgos, España
Escrito por Mga *** el 30 de Octubre

Si así es: Se crean dos ctas de IVA PERO NO AL CERO% sino al 16%. De esa manera supongamos que son 100 de B. I tu tendrás:

100 COMPRAS o a la cta de Obras en curso..........a.......... PROVEEDOR (FRANCES) 100
16 IVA soportado en Op. Intracomunitarias............a.... IVA repercutido en Op. Intracom 16
_______________________________________________________________________

Si lo haces así el IVA es NEUTRO y si a esas facturas por ejemplo les das la serie... Supongamos la C (de Intracomunitaria) figurará en el libro de Iva y las podrás separar de las Operaciones Interiores y figurará en el modelo 303.
Al realizar el modelo 349 tu estás indicando a la AEAT que has realizado una operación con un Proveedor Intracomunitario por ese importe y cuando ambas Administraciones Fiscales "casen" los datos.

Manolo


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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 30 de Octubre

Ahh o sea, que tengo que aplicarle un iva a esa base aunque no sea cierto? Y luego lo compenso con el iva repercutido?

Que lio... Y eso que el gestor me decia que tenia que registrarla sin iva y listo, sin constar en el registro de iva.


Vale, entonces tengo que hacer:

(341. 1) en mi caso claro Debe 100€

(472. 1) iva soportado 16% Debe 16€

(400. 2) proveedor Haber 100€

(477. 1) iva repercutido 16% Haber 16€

Y asi le doy registro de entrada en el iva...


Gracias Manolo, ahora me ha quedado mas claro ya


Un saludo

Lucy



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Mga ***
Burgos, España
Escrito por Mga *** el 30 de Octubre

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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 30 de Octubre

Buenas Manolo, no me deja acceder, me tira del buscador


Pero de verdad, que si explica lo mismo que me has explicado tu no me hace falta, ya me ha quedado claro, muy claro.


Muchas gracias la verdad, lo hare asi como me dices tu.


Saludos


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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 3 de Noviembre

Tema resuelto gracias!


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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 3 de Noviembre

Perdon no vi que se cerraba asi


Gracias


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Mga ***
Burgos, España
Escrito por Mga *** el 3 de Noviembre

Te dirá en una ventana posiblemente la Base imponible que resulte según sea la cuota que has aplicado.
Vamos a suponer que la factura del francés es de 1. 000 €, eso es lo que pone en el total de ella.

Yo hago este asiento:

1. 000 Obras en curso (341XXXX).................a.................................. (400XXXX)Proveedor X 1. 000

160 IVA Soportado Op. Intracomunitarias a.... IVA Repercutido Op. Intracomunitarias 160
______________________________________________________________________

CUOTA DE IVA PARA AMBOS APUNTES DE IVA (SOPORTADO Y REPERCUTIDO) = 160 €
BASE IMPONIBLE COMUN PARA AMBAS CUOTAS........................................................... = 1. 000€

¿LO ENTIENDES o NO?

Manolo


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Lucy V.p.
Tarragona, España
Escrito por Lucy V.p. el 4 de Noviembre

Si si Manolo, lo hice asi. La bi para este caso es el total de la fra. Porque ambas son la misma. Asi que el iva va sobre esa base.

Me salio bien el asiento, ahora ya puedo pasar el resto de intracomunitarias.


Gracias de verdad, aclarais muchas dudas

Un saludo,

Lucy


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Maria All
Barcelona, España
Escrito por Maria All hace 14 días

Buenos días,

Tengo una duda, he recogido la contabilidad de un autónomo que factura unos servicios a Francia, IVA al 19,60 % (TVA Francés) y luego presenta el impuesto en Francia y paga el IVA.
Esta bien hecha esta operación? Puede facturar con un IVA Francés y luego presentar impuesto en Francia sobre este IVA y pagar la taxa.

Tendrá que presentar aquí el 349?

Gracias, un saludo.

Maria


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Carlos Arias
Madrid, España
Escrito por Carlos Arias hace 14 días

Eso dependera de donde preste el servicio, si lo presta en terrirorio nacional, para una empresa francesa, cobraria el 16%, si presta el servicio en Francia el 19,60%, y si lo que realiza es una venta de mercaderias, seria sin iva y prsentaria el 349


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Pierre Noel Segundo
Navarra, España
Escrito por Pierre Noel Segundo hace 7 días

Hola a todos,

Creo que lo que hay que ver es la residencia del prestador del servicio para saber a que Hacienda está vinculado. Si vive más de 183 días en España TODAS sus declaraciones las hará en España, y siempre aplicará (cuando proceda) el Iva del 16%. Si la residencia es francesa estará sujeto a la legislación de aquel pais y presentará alli TODAS sus declaraciones. Por tanto, no hay posibilidad de que emita facturas al 16% y al 19,6% puesto que supondría estar vinculado a las dos haciendas simultáneamente y eso es imposible.

En cuanto al Iva que debe aplicar al servico prestado a la empresa francesa (suponiendo que la residencia del prestador está en España) dependerá de las reglas de localización de la prestación del servicio. Para averiguarlo hay que saber el tipo de servicio y la empresa para la que presta (localización de sucursales en España o no, básicamente). Creo que por lo general será sin Iva (salvo determindas operaciones de intermediación y transporte, que recuerde).

Saludos.


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