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Escrito por
Maria
el 05/08/2007
No llevar los extintores conlleva la inmovilización del vehículo y traslado a un deposito por la GC. Gracias por la duda |
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Escrito por
Jesús Manuel
el 14/08/2007
Se aplican las normas sancionadoras art. 144.24.7 del LOTT y el art. 198 del ROTT. De lo que no te libras es de la multa de 1001 EUROS. Por faltarte únicamente los extintores, inmovilización y traslado a depósito no creo (supongo que sólo lo harán en caso de faltas graves o muy graves), pero de esto último no estoy seguro.
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Escrito por
Maria
el 16/08/2007
Oky, gracias
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