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Exenciones al ADR

FRAN
Asturias, España
Escrito por Fran Buenclima el 13/11/2008

¿Alguien podría sacarme de una duda?. Según los puntos siguientes, una empresa que realiza trabajos forestales, por lo que tiene que transportar los carburantes hasta los montes donde está su maquinaria, ¿Queda exenta de cumplir el ADR?

ADR-2007

1.1.3 Exenciones

1.1.3.1 Exenciones relacionadas con la naturaleza de la operación de transporte

Las disposiciones del ADR no serán aplicables:

c) al transporte efectuado por empresas de modo accesorio a su actividad principal, tal

como el aprovisionamiento de canteras, obras o de ingeniería civil, o para los trayectos

de retorno desde estas obras o para trabajos de medición, de reparaciones y de

mantenimiento, en cantidades que no sobrepasen 450 litros por envase ni las

cantidades máximas totales especificadas en la sección 1.1.3.6. Se deben tomar

medidas para impedir cualquier fuga en condiciones normales de transporte.

Sin embargo, los transportes efectuados por tales empresas para su aprovisionamiento

o su distribución exterior o interior, no estarán afectados por la presente exención;

ADR-2009

1.1.1 Alcance y aplicación

1.1.1. 2 Las disposiciones de la presente Reglamentación no se aplican al transporte de:

b) Las mercancías peligrosas, embaladas/envasadas para la venta al por menor, que sean

transportadas por particulares para su propio uso.

Muchas gracias de antemano.


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Oscar Garcia
Madrid, España
Escrito por Oscar Garcia el 09/12/2008

Podrias acogerte a exenciones parciales al ADR. Necesito alguna informacion adicional.
Trasportas solo gasolina?
Que transportas y que volumen?
Donde cargas, en una gasolinera o tienes deposito de almacenamiento propio?


Un saludo


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Fran Buenclima
Asturias, España
Escrito por Fran Buenclima el 10/12/2008

Principalmente transportan gasoleo, nunca llevan más de 1000 litros.
Cargan en la gasolinera más próxima al monte donde en ese momento están trabajando. ¿Sabes qué documentos deben llevar?. Carta de porte, etiquetas, un extintor,....

Muchas gracias por tú ayuda Oscar.


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Oscar Garcia
Madrid, España
Escrito por Oscar Garcia el 10/12/2008
"Principalmente transportan gasoleo, nunca llevan más de 1000 litros.
Cargan en la gasolinera más próxima al monte donde en ese momento están trabajando. ¿Sabes qué documentos deben llevar?. Carta de porte, etiquetas, un extintor,....
Muchas gracias por tú ayuda Oscar.
"

por Fran (Diciembre 2008)

Es solo gasoleo o gasoleo y gasolina.? Intuyo por el "principalmente" que hay veces que llevas otras materias. Si es asi, cuanto llevas de otra materia, cual es y si la llevas junto con el gasoleo.
Los envases de que tipo son y tienen homologacion ADR?
He intentado enviarte un archivo pero no me deja el portal. Si quieres puedes utilizar el correo info@apram. Es, haber si hay mas suerte.



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Fran Buenclima
Asturias, España
Escrito por Fran Buenclima el 10/12/2008

En ocasiones transportan en un mismo vehiculo gasoleo y gasolina, la cantidad de gasolina no superará los 50 litros, que es lo que pueden consumir 5 motosierras al día.
Los depositos están homologados, ya que de lo contrario en la estación de servicio no te suministrarian.

Muchas gracias de nuevo.


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Escrito por José Álvaro Santamaría Luna el 23/12/2008

-El transporte no supere los 1. 000 litros. Si lleva hasta 50 litros de gasolina, el máximo de gasóleo que podrá llevar son 850 litros; en total 900 litros y no mil.
-Ningún envase (bidón, GRG, etc. ) supere los 450 litros.
-El gasóleo, o la gasolina se descarguen directamente a los depósitos de las máquinas. No debéis tener depósitos en la zona de trabajo, donde se almacene el gasóleo o gasolina que se transporte hasta dicho lugar.

Si se cumplen estos requisitos el transporte está totalmente exento, por lo que no es obligatorio cumplir nada del ADR, ni siquiera la homologación de los envases, aunque es conveniente.

Dicho lo anterior, y ante las dudas de interpretación que puede plantear esta EXENCIÓN TOTAL, lo mejor es acogernos a la exención por el 1.1.3. 6 que obliga a:

-Que la gasolinera te entregue carta de porte, con arreglo a la exención 1.1.3.6.
-Que los envases estén homologados y vayan marcados y etiquetados correctamente: Etiqueta de la clase 3 (rombo de 10 x10 cm), marca del número ONU, precedida de las siglas "UN": UN 1202 ó UN 1203.
-Que los envases estén bien estibados, que no se puedan mover, ni derramar.
-Que el vehí #! @##@ lleve un extintor, como mínimo, de 2 Kgs. En disposición de ser utilizado.
-Que no se superen los límites de 1. 000 litros, ó los de 850 litros, antes mencionados, en el caso de llevar hasta 50 litros de gasolina.

José Álvaro Santamaría Luna
Socio-Consultor de www.ecosmep.com portal de mercancias peligrosas, consultoría ADR y servicios externos de consejero de seguridad.


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