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Escrito por
Jose Manuel
el 12/05/2007
Hola, quisiera que me comentaran donde puedo conseguir la equipacion basica para unidades de transporte de bultos adr y la exigida por la dgt, me refiero a gafas de proteccion, mascarilla , botella limpia ojos, pala, arena.
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Escrito por
José Álvaro Santamaría Luna
el 28/05/2007
Uno de los requisitos que establece el ADR es la obligatoriedad, cuando corresponda, de llevar en la cabina del vehículo las "Instrucciones Escritas para el Conductor " de todas las mercancías peligrosas que se trasnportan. Dichas instrucciones incluyen un apartado específico que indica los Equipos de Protección Individual que se deben llevar en el vehículo obligatoriamente. Además el vehículo deberá ir equipado según el ADR. www.ecosmp.com mercancías peligrosas y consejeros de seguidad ADR |
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Escrito por
Juncal
el 25 de Febrero
Apartir del 31 de diciembre del 2009 no se permite en MERCANCIAS PELIGROSAS vehiculos que no tengan ABS. |
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Escrito por
José Álvaro Santamaría Luna
el 25 de Febrero
Esto es lo que dice el ADR 2007: mercancías peligrosas deben cumplir todas las disposiciones técnicas pertinentes del Reglamento ECE Nº 13
3 o de la Directiva 71/320/CEE 4
, en su redacción modificada, conforme a las fechas de aplicación que allí se especifican. 9.2.3.1. 2 Los vehículos EX/III, FL, OX y AT deberán cumplir las disposiciones del anejo 5 al Reglamento ECE Nº 13 " |
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Al escribir en el debate:
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