Duda sobre una baja.

David
Salamanca, España
Escrito por David Manso Sancho el 30 de Septiembre

Hola a todos. Te escribo para ver si puedes ayudarme con una duda. Este mes cumplo 18 meses de baja, por accidente laboral (itinere).

El día antes de que se cumplan los 18 meses tengo cita con el traumatólogo de la mutua que tiene la intención de operarme (llevo unas cuantas... ) y la duda es qué va a pasar si me operan con mi situación ante la empresa, el tribunal médico, ¿Tengo otra prórroga...? (ya tuve una de 6 meses concedida por el tribunal médico a los 12 meses).

La operación conlleva una baja y rehabilitación de por los menos otros tres meses, y ya tengo algunas secuelas por las que parece que por lo menos me concederán una incapacidad permanente parcial (a la espera de esta última operación).

Muchísimas gracias.


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Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 1 de Octubre

Te pueden dar otra prórroga, hasta el mes 24. Luego pueden darte desde un Baremo, Parcial o una permanente total con plazo de revisión corto (1 año), salvo que fuera un caso claro de incapacidad que entonces sería mínimo 2 años.


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David Manso Sancho
Salamanca, España
Escrito por David Manso Sancho el 1 de Octubre
" Te pueden dar otra prórroga, hasta el mes 24. Luego pueden darte desde un Baremo, Parcial o una permanente total con plazo de revisión corto (1 año), salvo que fuera un caso claro de incapacidad que entonces sería mínimo 2 años.
"

por Druida (Octubre 2009)


Muchas gracias. Entonces seguro que me prorrogan, pues estaré recién operado. Ahora me surge otra pregunta... Si al cabo de tres meses la mutua considera que la recuperación de la operación está terminada... ¿El tribunal médico me verá automáticamente o tengo que solicitarlo yo? Imagino que la mutua intentará darme el alta (como ya pasó a pesar de varias pruebas que contradecían dicha alta), pero me interesa que me vea el tribunal porque las secuelas que ya tengo (independientemente de esta última operación) me impiden, a mi entender, el trabajo que venía realizando.

Gracias de nuevo.


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Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 1 de Octubre

Una vez que pasas a Control del INSS son ellos los únicos que pueden darte el Alta. Cuando dan una prórroga de 6 meses no quiere decir que no puedan valorar antes de esos 6 meses, sólo indica el tiempo máximo. Si creen que en 3 meses estarás mejor o puedan ya valorar, lo harán.

Cuando la IT está concertada con una Mutua, ésta puede efectuar ante el INSS propuesta de actuación, por ejemplo proponer un Alta médica, y se entiende aceptada la propuesta si el INSS en el plazo de 5 días siguientes al de su recepción no se manifiesta en contrario.


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David Manso Sancho
Salamanca, España
Escrito por David Manso Sancho el 1 de Octubre
" Una vez que pasas a Control del INSS son ellos los únicos que pueden darte el Alta. Cuando dan una prórroga de 6 meses no quiere decir que no puedan valorar antes de esos 6 meses, sólo indica el tiempo máximo. Si creen que en 3 meses estarás mejor o puedan ya valorar, lo harán.
Cuando la IT está concertada con una Mutua, ésta puede efectuar ante el INSS propuesta de actuación, por ejemplo proponer un Alta médica, y se entiende aceptada la propuesta si el INSS en el plazo de 5 días siguientes al de su recepción no se manifiesta en contrario.

"

por Druida (Octubre 2009)

En mi caso está concertada, ya que ellos me propusieron un alta hace poco, pero la "evidencia" ha hecho que me tengan que operar antes de darme el alta. ¿Quién paga después de los 18 meses por mi? ¿Sigue la empresa con "compromiso" hacia mi?

Perdona tanta pregunta, pero la verdad es que se encuentra poca gente que tenga las cosas tan claras...

Gracias de nuevo.




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Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 2 de Octubre

Sigues igual respecto a quien te paga y el importe, lo que ocurre es que la empresa a partir del mes 18 deja de cotizar por ti, te da de baja hasta que se resuelva si te dan grado o, en caso de no incapacidad, regresarías a tu empresa. Si te conceden una incapacidad revisable al año o dos años, de esas que se prevé curación que suponga incorporación al puesto de trabajo, tu empresa está obligada a readmitirte.


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David Manso Sancho
Salamanca, España
Escrito por David Manso Sancho el 5 de Octubre
" Sigues igual respecto a quien te paga y el importe, lo que ocurre es que la empresa a partir del mes 18 deja de cotizar por ti, te da de baja hasta que se resuelva si te dan grado o, en caso de no incapacidad, regresarías a tu empresa. Si te conceden una incapacidad revisable al año o dos años, de esas que se prevé curación que suponga incorporación al puesto de trabajo, tu empresa está obligada a readmitirte.
"

por Druida (Octubre 2009)

Gracias de nuevo. Veremos entonces qué va pasando...


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