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Jesus
el 24/11/2006
Hola, os comento mi problemática: - Tengo una finca en el centro del pueblo que da a 2 calles. En un lado tengo mi casa y en el otro es un solar. Lo facil sería segregar la finca y vender la parte que es un solar pero el ayuntamiento me dice que no puede ser ya que la fachada no llega a 4,5 metros. Ellos me dicen que puedo hacer una división horizontal de la finca y entonces se puede edificar en el otro lado. Mi pregunta es, cuales son los pros y los contras de la división horizontal?. Por lo que he leido sobre el tema quedarían inscritas en el registro como 2 fincas distintas e independientes. Eso es así? Agradecido de que alguien me pudiera resolver estas dudas, Saludos |
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Juan
el 26/11/2006
La ventaja del régimen de propiedad horizontal es el que ya sabes, que ese Ayuntamiento te permite construir lo que de otra manera no podrías. Supongo que las normas municipales impiden construir un edificio con menos de 4,5 m. De fachada, pero permite ampliar el edificio que ya existe hasta ocupar toda la finca. Es una trampa de los que hacen la ley. En lugar de engañarse, el ayuntamiento podría permitir la construcción de otro edificio independiente, aunque medianero y con todas las exigencias de estética de fachada que quiera o pueda. El inconveniente es que tiene que haber algún elemento común en copropiedad indivisa con otro, por ejemplo, el suelo, la cubierta o la estructura si forman un solo edificio, o un jardín si forman edificios separados, que no creo posible en tu caso. Una vez construido, nada os impedirá, si estáis ambos propietarios de acuerdo, extinguir el régimen de propiedad horizontal y convertirlo en dos propiedades ordinarias. Mientras haya comunidad habrá un coeficiente de participación en los gastos o beneficios de los elementos comunes, fijado principalmente en proporción a los metros que cada uno tenga. Para constituir la propiedad horizontal necesitas un proyecto de arquitecto, una licencia municipal y una escritura pública de obra nueva y división horizontal. En el Registro aparecería: |
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Jesus
el 27/11/2006
Hola juan y gracias por responder mi consulta. Pero hay algo que no me ha quedado muy claro: - como he comentado, en una parte de la parcela no hay nada ( que es donde quiero vender), pero como lo haría?. Entiendo que Primero tendría que vender el trozo de parcela a la persona interesada y despues el contruya cuando quiera, no?. Para vender solo la parte de parcela, ya tengo que hacer la división horizontal?. Saludos, |
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Hilario
el 08/12/2006
En el inmueble donde vivo tenemos un vigilante,ahora dada la ineficacia quieren poner vigilante jurado todos los vecinos estamos obligados ha participar en los gastos si no estamos de acuerdo saludos |
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Soraya
el 08/05/2007
Hola! Tengo una casa que quiero dividir en dos pisos independientes. No tengo claro cúales son los pasos a seguir y cómo debe desarrollarse todo el proceso. |
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Alberto
el 25/05/2007
Hola a todos. Estoy pensando en comprar una casa de pueblo que dividiriamos en dos plantas con otra pareja. La división es sencilla puesto que la casa tiene dos puertas,pero estoy perdido con el tema de la división horizontal. El vendedor ha accedido a dividirla el si nosotros corremos con los gastos. ¿Cuales serian los pasos a segir? ¿Podemos pasar por el notario directamente a escriturar? ¿Necesito un proyecto de un arquitecto (la casa que queda arriba no tiene cocina)? Muchas gracias |
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Juan R
el 26/05/2007
Tengo un certificado de innecesariedad de licencia para proceder a la divicion horizontal de una finca. Segun el ayuntamiento dura 3 meses y despues volver a pagar. ¿Es cierto?. Gracias
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Ruben
el 10/10/2007
Hola soy de malaga y tengo una casa heredada de mis abuelos, en la escritura me pone que aparte del piso poseo un local en los bajos de mi bloque, he ido al ayuntamiento y me dicen que poseo una veintiochoavaparte de los locales, pero claro ahora todos los locales estan ocupados y ninguno tiene escritura. En el ayuntamiento me dijeron que mi local es el numero 28,asi que si hicieran la division horizontal ya sabria cual es el mio. Mis preguntas : ¿Que tendria que hacer con el inquilino que tuviese mi local? ¿Si se hiciera la division horizontal desde donde empezarian a dar numero de izquierda a derecha o de derecha a izquierda: 1 , 2 , 3......? ¿Tendria derechos la persona que ha estado tantos años ocupando mi local sin yo saber cual es por no tener lo locales delimitados la division? GRACIAS |
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Dolores Mestree Prades
el 02/01/2008
Ubicada en una urbanizacion de benicasim . Tengo una vivienda unifamiliar que desearia dividir en dos. Debido a la distribucion que tiene la casa actualmente ya dispone de dos cocinas y dos salones, en el plano no vienen reflejadas, y el contador del agua y la luz es unico. Me gustaria saber si se puede hacer esa division en dos viviendas unifamiliares adosadas . Los lindes de la parcela se mantienen ,puesto qque no se hace ninguna obra ni ampliacion de la casa. Si las casas son adosadas los metros de parcela por casa pueden reducirse. |
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Joseortega
el 09/05/2008
Tengo licencia del ayto de Udias para la rehabilitacion de dos viviendas en un nucleo de proteccion. En la licencia se me requiere que en cumplimiento de las NUR se sustituyan los casetones de cubierta que aparecen en el proyecto por ventanas de velux. No especifica en el proyecto requisito alguno mas. A la hora de pedir 1º ocupacion se pide el proyecto de telecomunicaciones, teniendo en cuenta que hay division horizontal. Esta rehabilitacion carece de espacios comunes al estar encajada la obra en una hilera de viviendas existentes. Laley del suelo de Cantabria dice: Artículo 185. Licencias de primera ocupación. 1. La licencia de primera ocupación tiene como finalidad verificar el cumplimiento efectivo de las prescripciones contenidas en la licencia de obras y de los usos permitidos por el Plan. Se exigirá para la primera ocupación de los edificios de nueva construcción o que hayan sido objeto de ampliación o modificaciones sustanciales. 2. Para el otorgamiento de esta licencia se requerirá certificación del facultativo director de las obras que acredite el cumplimiento de las condiciones de la correspondiente licencia urbanística.
Mi pregunta: Es de obligado cumplimiento esta ley cuando el ayto dio licencia de obra contando con el visado del pproyecto y careciendo de elementos comunes?. En la licencia de obra no se especifica esta exigencia ni se menciona este detalle. Gracias. |
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Division
el 12/11/2008
quiero a prender a dividir por 2 cifras
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Eli
el 15/11/2008
Buenas tardes, |
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