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Dias de permiso por intervención quirugica

Escrito por Maria Jose el 11/02/2008
Quiero saber cuantos dias corresponde por intervención quirugica al conyuge

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Escrito por Nillo el 11/02/2008

HOLA MARIA JOSE

Te pertenecen 2 dias  y en caso de que necesite cuidados especiales si no tienes quien le pueda cuidar el permiso se prolonga 3 dias mas.  Mis mejores deseos que todo salga bien.

UN SALUDO


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 11/02/2008

CORRECTÍSIMA LA RESPUESTA DE NILLO.

Si la operación se realizase en otra localidad distinta a la de vuestra residencia los días son cuatro, pero no acumulables a los dos o cinco que te comenta Nillo.

Que todo vaya bien.

Un saludo desde la EXPO 2008 ZARAGOZA


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Victor
Valladolid, España
Escrito por Victor el 12/02/2008

Si es con anestesia general, mas de dos días de ingreso o se considera grave tienes dos días si es en la misma localidad donde trabajas o cuatro días si es en una localidad diferente.

Si no fuera operación grave, sin anestesia general o menos de dos días de ingreso no te correspondería ningún día, pero esto tambien depende de la conciencia del empresario.

Un saludo


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Escrito por Nillo el 12/02/2008
"Si es con anestesia general, mas de dos días de ingreso o se considera grave tienes dos días si es en la misma localidad donde trabajas o cuatro días si es en una localidad diferente.
Si no fuera operación grave, sin anestesia general o menos de dos días de ingreso no te correspondería ningún día, pero esto tambien depende de la conciencia del empresario.
Un saludo
"

por victor (Febrero 2008)

LEETE  EL ARTICULO     8. 5      APARTADO B   DEL CONVENIO DE ARTES GRAFICAS  CON SUS COMAS



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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 12/02/2008

Lo normal es pedir un justificante de ingreso por operación y entregarlo en la oficina de la empresa y ya está. Permiso de dos o cuatro días. El resto son legalismos que nadie respeta y que perjudican a los trabajadores. Legal o no legal, pide el justificante, lo entregas y fiesta para atender a tu pariente. 


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Escrito por Maria Jose el 13/02/2008
Hola a todos los que me habeis respondido, pero no me queda claro si son dos dias o ninguno, ha estado infresado un dia solamente, y la Empresa dice que no corresponde ningun dia. Yo en el convenio 2007 entiendo que son dos dias pero la empresa dice que es un preacuerdo y que no esta en vigor

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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 13/02/2008
"Hola a todos los que me habeis respondido, pero no me queda claro si son dos dias o ninguno, ha estado infresado un dia solamente, y la Empresa dice que no corresponde ningun dia. Yo en el convenio 2007 entiendo que son dos dias pero la empresa dice que es un preacuerdo y que no esta en vigor "
por maria jose (Febrero 2008)


Es correcto. Te corresponden dos días.

Lo que dice la empresa también es correcto. El convenio del 2007 aún no está en vigor... Pero claro en el convenio anterior también eran dos días. Osea que no se pasen de listos.... SON DOS DÍAS.

Incluso en el Estatuto de los Trabajadores, son dos días.

Ellos lo saben, lo que ocurre que si no reclamas eso que se ahorran. Tienes perfectamente derecho a esos dos días. Si no te los abonan, no te queda otro remedio que hacer la demanda pertinente. Aunque imagino que si ven que piensas demandar, ellos saben que lo tienen perdido de antemano.

Esos días de permisos llevan en vigor unos treinta años. Para nada es cosa nueva de este convenio del 2007. Tienen mucha cara en la empresa que trabajas. Imagino que será familiar ya que en una mediana estos temas tan claros ni siquiera se los plantean.

Un saludo desde la EXPO 2008 ZARAGOZA


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Escrito por Nillo el 13/02/2008
"Hola a todos los que me habeis respondido, pero no me queda claro si son dos dias o ninguno, ha estado infresado un dia solamente, y la Empresa dice que no corresponde ningun dia. Yo en el convenio 2007 entiendo que son dos dias pero la empresa dice que es un preacuerdo y que no esta en vigor "
por maria jose (Febrero 2008)



Como bien dice el abuelo "SON  DIAS "  lo pone bien claro en el articulo 8. 5 apartado  b   del convenio de artes graficas hace ya varios años,  que no es nuevo ;  DILE A TU JEFE QUE SE LO LEA Y SI NO LO ENTIENDE    QUE LEA BIEN CON SUS CORRESPONDIENTES  PUNTOS Y COMAS.

saludos


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Didi Saco Roldan
Madrid, España
Escrito por Didi Saco Roldan el 16 de Octubre

Hola queria saber si alguien me puede responder, porque operan a mi hijo del corazón y a principios de este año estuvo ingresado diez dias y me dicen que por ser por la misma causa ya no me corresponde nada. Pertenezco al Convenio de Maderas. Muchas gracias


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Che1936 ...
Málaga, España
Escrito por Che1936 ... el 16 de Octubre

Articulo 8. 5 Ausencias justificadas.

b) Dos días en los casos de accidente o enfermedad graves,
hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo

Domiciliario, o en los casos de nacimiento de hijo o fallecimiento de

parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando,

con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto,

el plazo será de cuatro días. La enfermedad se considerará como grave

sólo cuando así sea dictaminada por facultativo médico. Se concederá

además, el tiempo indispensable para los casos de inscripción en el Registro

Civil del nacimiento de un hijo, así como registrar el óbito del mismo,

del padre o la madre, siempre que convivan con el trabajador y dicho

registro no hubiera podido llevarse a cabo porque la ausencia antedicha

de dos días coincidiese con días no hábiles a estos efectos, y ello, únicamente,

en el caso de que el cumplimento de la obligación de inscripción

en el Registro Civil, recayere en el trabajador y acredite no haber sido

legalmente posible cumplimentarlo en el plazo anteriormente previsto de

Dos días.




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