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Escrito por
Caracola
el 25/07/2006
PORFA, NICASIO Podrias decirme como contabilizar el modelo 202? , pago fraccionado, intervienen las cuentas 473 y 4752? Intervienen las dos cuentas? |
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Escrito por
Nicasio
el 25/07/2006
El modelo 202 no se contabiliza. Como sabes el modelo 202 es el documento por el que se realizan los pagos a cuenta del impuesto y que contabilizaste cargando a la cuenta 473 con abono a 572 Bancos. Ahora al hacer la liquidación del impuesto correspondiente al ejercicio 2005 te saldrá un saldo en la 4752 que será el importe que, deducidos los pagos fraccionados realizados ( y que figuran en la 473 ) , tendrá que paga r a Hacienda. Saludos. Nicasio |
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Escrito por
Begoña
el 15/01/2008
Buenas tardes, tenía que entregar el modelo 202 de octubre y diciembre y se me ha pasado, alguien sabe que penalización tendré. Gracias y un saludo Begoña |
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Escrito por
Luigi
el 20/01/2008
Hola, Begoña: A mí me ha pasado lo mismo. He consultado a mi asesor y me ha dicho que, liquidándolo antes de tres meses desde la finalización del plazo, la sanción será del 5% (si pasan más de tres meses, el 10%). Así que, según parece, todo va a depender de la cuota a pagar que te haya salido. Lo que no tengo del todo claro es cómo contabilizarlo, ya que al haber olvidado liquidarlo en plazo supongo que tendré que hacer con fechas 20-10 y 20-12 de 2007 sendos asientos reflejando por una parte un pago a cuenta (473) y por otra una deuda a favor de Hacienda (475), pero no sé si esto es lo más correcto. ¿Alguien puede confirmarlo? Saludos Guti |
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