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Escrito por
Angels Xxx ,,,
el 6 de Octubre
Buenos dias. |
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Escrito por
Runo * * * * *
el 6 de Octubre
Teniendo en cuenta que su tratamiento seria el correspondiente a las Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación), y por otra parte, considerando de si un Partido Político se podría considerar de utilidad pública (RD. 1740/2003) o no, le podría corresponder el NPGC, o bien el sectorial adaptado al mismo, correspondiente a las Entidades sin ánimo de lucro (De utilidad pública): Plan Sectorial: http://www.boe.es/boe/dias/1998/05/14/pdfs/A16039-16124. Pdf Te dejo en enlace al tema de las Asociaciones, para que veas si es de aplicación un plan de contabilidad u otro: ___________________________________________________________________________
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Escrito por
Angels Xxx ,,,
el 19 de Octubre
Muchísimas gracias por ayudarme. Gracias |
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Al escribir en el debate:
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