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Escrito por
Alberto Navarro Pellin
el 3 de Noviembre
Hola, Estoy empezando a llevar la contabilidad de una asociación. Los 10 socios pagan unas cuotas mensuales mediante transferencia. ¿Estos ingresos cómo se reflejan? ¿Subgrupo 70, 72? ¿Hay que seguir pues la adaptación del PGC de 1998 para entidades sin animo de lucro? También me gustaria saber si debo repercutir IVA en estas cuotas a los socios.... Un saludo a todos |
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Escrito por
Jose Vila
hace 15 días
En el Art. 20 de la Ley 37/1992 y en el Art. 5 del RD 1624/1992, queda regulada la exención, |
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Escrito por
Runo * * * * *
hace 14 días
Y por si te sirve de ayuda, aqui te dejo un enlace a toda la cuestión en general respecto a las Asociaciones.
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Escrito por
Marsolee Marsolee
hace 13 días
Pero? |
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Escrito por
Alberto Navarro Pellin
hace 13 días
Gracias Jose Vila, ya entiendo que hay que solicitar exención parcial a la AEAT por IVA gracias a la lectura de la ley que citas. En mi caso dicha exención nos ha sido denegada. Aun asi, entiendo que es mejor utilizar las cuentas de la adaptación al PGC de 1998 para este tipo de entidades, aún no siendo obligatorio. Lo que parece claro, es que, en mi caso, debo repercutir IVA en las cuotas de los socios. |
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Escrito por
Runo * * * * *
hace 10 días
Si procede la exnción de IVA en las cuotas de socios ( que es de suponer que si), simplemente hay que emitior facturas o efectuar registros contables sin IVA. ______________________________________________________________________
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Escrito por
Alberto Navarro Pellin
hace 4 días
Hola a todos de nuevo, Tengo nuevas dudas sobre temas de asociaciones. Supongamos una asociación sin ánimo de lucro que tiene NIF pero que no esta dada de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores ( no figura dada de alta en ningún epígrafe de actividades económicas). Se le ha negado la exención del IVA. Mi duda es: ¿Esta la asociación obligada a llevar contabilidad, presentar declaraciones de IVA asi como de Impuesto de Sociedades aún sin estar esta asociación dada de alta en el censo de actividades económicas? O por el contrario debo darla antes de alta en dicho censo antes de hacer ningun tipo de declacion fiscal o de contabilidad? Agradezco de antemano a quienes podáis ayudarme a resolver mis dudas. Saludos. |
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