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Escrito por
Bva
el 05/11/2007
Padres que en vida donan a sus dos únicos hijos la nuda propiedad de una casa que constituye su único bien. Se reservan el usufructo vitalicio de la casa. Ambos fallecen. En el Registro de la Propiedad aparecen ambos hijos como nudos propietarios y el usufructo vitalicio a favor de los padres. ¿Qué hay que hacer para que uno de ellos venda al otro el 50 %? ¿Hay que liquidar impuesto? ¿Es necesario antes de la venta registrar la consolidación del pleno dominio?. GRACIAS. |
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