Compra de furgon

Escrito por Isabel Gonzalez el 10 de Octubre

Hola, mi empresa es de hosteleria. Necesitamos compar un furgon para el abastecimiento y quisiera saber si la puedo comprar con cargo a una cuenta del grupo 6 porque para nosotros es un gasto no una inversion de inmovilizado.
podría contablemente.
gracias


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Petrus Petrus
Barcelona, España
Escrito por Petrus Petrus el 10 de Octubre

Supongo que cuando escuetamente citas "furgon" te refieres a un vehículo automóvil tipo furgoneta.
Cualquier bien de equipo que tenga una vida útil superior al año, debe registrarse como Inmovilizado Material y sujeto a amortización.


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Escrito por Jose Luis Martinez Alonso el 13 de Octubre

Dentro de las normas de contabilidad españolas, los furgones dentro de las empresas de hostelería, como dice Petrus, deben de contabilizarse segun la vida util que se le va a dar a ese bien y si es mas de un año, debería contabilizarse como elemento de trsnaporte dentro del inmovilizado material.

Si por cualquier causa o razón, lo contabilizais como gasto, tendreis un problema fiscal ya que Hacienda lo va a considerar como gasto no deducible este año, y además no te va a dejar deducirtelo en años posteriores.


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