Home > Foro de Métodos y tiempos >

Debates de Métodos y tiempos > Coeficiente de fatiga = Tiempo de descanso?

Coeficiente de fatiga = Tiempo de descanso?

David
Barcelona, España
Escrito por David el 17/11/2008

Buenas, y ante todo enhorabuena por el foro y gracias de antemano.

En la empresa donde trabajo como Responsable de Métodos y Tiempos estamos sopesando modificar el sistema de incentivos, eliminando la prima de productividad a fin de hacer el sistema más Lean. De esta forma podemos pedir que se trabaje a actividad 100 y no por encima haciendo el proceso más lineal y estable.

Actualmente los cronometrajes tienen aplicado un 13%: 5% necesidades personales y un 8% por fatiga. Por lo que los operarios eligen si quieren ganar prima o disfrutar de ese tiempo de descanso. A partir de ahora queremos que los descansos sean "a golpe de sirena" o programados, es decir, que todo el mundo pare al mismo tiempo: Este tiempo de parada ¿Tiene que ser el 13% de 480 minutos = 62,4 minutos/turno (lo cual me parece exagerado)? ¿O debo considerar que sólo tienen que ser el 5% (24 min) y el otro 8% de fatiga se va absorviendo durante el tiempo que está el operario en máquina?

Muchas gracias y un saludo.


Citar  |  
Ver mensaje      

Voro
Valencia, España
Escrito por Voro el 19/11/2008

Solo tiene que ser 24 minutos por jornada de 8 horas, es decir el 5% que se da en el coeficiente de fatigo como necesidades personales. El resto del porcentaje hasta 13% en tú caso, es lo que se aplica para compensar el agotamiento acumulado hasta las 8 horas y por lo tanto no se puede separar del trabajo (para disfrutarlo aparte).


Citar  |  
Ver mensaje     

Carlos
Salamanca, España
Escrito por Carlos el 1 de Junio

Veo que no controlas mucho este materia. En primer lugar quiero decirte que no hay nada legislado al respecto a excepsión del articulo 34 del estatuto de los trabajadores, que dice la obligación de dar de forma continuada un descanso no inferior a 15 minutos cuando la jornada laboral sea de forma continua superior a 6 horas. Esto 15 minutos no tienen por qué ser a cuenta de la empresa, salvo que sea pactado entra empresa y trabajadores. Esos quince minutos pueden salir del 5% de necesidades personales, que por cierto no son 24 min, si no 22. 85 en 8 horas ya que tal y como tu realizas el cáculo le estas dando coeficiente al tiempo dedicado a estos, cuando el cálculo lo tiene que realizar sobre el tiempo real de trabajo y no del trabajado junto con el de descanso. Por otro lado la O.I.T. No reconoce la aplicación de ningún coeficiente, en su libro lo deja bien claro, nada mas que da una forma de aplicación que es meramente didactica. La forma de tomar los coeficientes lo define la empresa, pero tiene la pbligación de los 15 min de foema continua cuando la jornada es mayor de 6 horas. Por otro lado, los coeficientes de fatiga durante los tiempos de máquina se pueden absorver (dependiendo de la cantidad de tiempo de esta). Lo lógico es pactar la forma de tomar los coeficientes con el personal


Citar  |  
Ver mensaje     

Escrito por David el 27 de Junio

Carlos, muchas gracias por tu respuestas, pero es la segunda respuesta que me das a preguntas que hago y la verdad que tengo el suficiente conocimiento para saber que no me estás contestando correctamente.
Los 15 minutos que comentas del artículo 34 no tienen absolutamente nada que ver con los suplementos de fatiga y necesidades personales que dejame decirte que son dos cosas bien diferenciadas y no forma parte el segundo del primero.
Por lo demás gracias.


Citar  |  
Ver mensaje     


Responder


Quiero recibir alertas por email cuando haya mensajes nuevos en este debate

Al escribir en el debate:
  1. Repasa la ortografía y no escribas en formato SMS.
  2. Lee el texto dos veces antes de publicar.
  3. No escribas todo en mayúsculas o negritas.
 
Páginas internacionales: España  |  Italia  |  Francia  |  México  |  Alemania  |  Reino Unido  |  Argentina  |  Chile  |  Colombia  |  USA

Búsquedas frecuentes: foro fagor cartas de menus patrones de vestidos de fiesta bmw r 1200 rt foro ejercito del aire

Emagister cumple la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y posee el código de inscripción nº 2002010053 del Registro General de la Agencia de Protección de Datos. Copyright © 1999/2000 - Grupo Intercom - Todos los derechos