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Cobro aumento salarial 2009

Escrito por Luisa el 1 de Abril

Buenos días, soy la persona responsable de la gestión administrativa en mi empresa. Llevo desde enero pidiendo a la asesoría la adaptación de las nóminas a las nuevas categorias, así como la aplicación en las nóminas del IPC + 0. 25% como indica el convenio de artes gráficas.

Ahora me responden diciendo que la aplicación de la subida del convenio es una decisión que debe tomar el gerente. Según tengo entendido, esto no es así y se debe aplicar las subidas de los convenios a partir de su publicación en el BOE.

Gracias por ayudarme


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 1 de Abril

Creo que lo que hace la gestoría es esperar a que le dé la orden el gerente de tu empresa ya que es el que les paga Y LES HABRÁ DICHO QUE ESPEREN.
Tienes toda la razón. Una buena gestoría debe atenerse a lo que marcan y dictan los convenios y como es en nuestro caso el convenio de Artes Gráficas.
El 4 de marzo de 2009 se publicaron en el BOE las tablas salariales de todas las nuevas categorías con la consiguiente subida de salarios en 1,65 % y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2009.
Incluso este año tampoco era necesario esperar a la publicación en el BOE porque este convenio ya se firmó en su día y se publicó en el BOE el 14 de marzo de 2008.
Lo que creo también es que en la gestoría tienen problemas para saber traspolar las antiguas caegorías con las nuevas que también entraban en vigor el 1 de enero de este año.
Para algunas categorías y al traspolarlas a las nuevas también les subía el nivel salarial.
A tu gerente le va a saber muy poco bueno pagar los atrasos por no haber sabido la gestoría estar en su papel, aunque tampoco los creo tan tontos como que no se hayan puesto en contacto con el gerente desde enero para decirle lo que había, más bien creo que es el gerente el que se está cogiendo las manos... ESTÁ EN INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO y por tanto está realizando ilegalidades que le van a suponer además de los atrasos, pagar los intereses correspondientes que le va a marcar el juez si los operarios ponen la denuncia. Cosa que ya tendrían que haber denunciado.
Saludos para Luisa desde ZARA... GOZA


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Escrito por Luisa el 3 de Abril

Gracias, me ha sido de gran ayuda tu explicación
Un saludo


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Glo
Madrid, España
Escrito por Glo el 21 de Abril

Buenos días ¿Alguien sabe si la empresa tiene derecho a no aplicarte la subida salarial de convenio si tu sueldo está por encima de convenio?

Gracias


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 21 de Abril
LA SUBIDA SALARIAL ES OBLIGATORIA. DE ESO NO PUEDE HABER DUDA.
Estoy hablando de la subida de salario base.
No olvidar que en nuestro convenio hay una cláusula por la cual y debido a que le hayan cambiado la categoría y esta categoría le suponga aumento, este aumento puede ser absorbido de cualquier otra cantidad personal que se esté cobrando.
Pero el aumento salarial que es por lo que preguntas es aplicable y obligatorio (faltaría más) desde el 1 de enero de 2009.
Un saludo desde ZARA... GOZA

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Fulanito
Valladolid, España
Escrito por Fulanito el 22 de Octubre

En el BOE ese del 4 de marzo no veo nada de caracter retroactivo. Si fuera asi me gustaria verlo en algun tipo de documento xa poder exigirlo. Gracias


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Che1936 ...
Málaga, España
Escrito por Che1936 ... el 22 de Octubre

Fulanito, todo lo que se publica en el BOE es de obligada aplicacion


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 23 de Octubre

En el artíc.7. 5 PLAZO DE ABONO DE INCREMENTOS SALARIALES.
Ahí es donde viene reflejado el plazo que tienen los empresarios para pagar la actualización del salario de cada año, así y por supuesto los atrasos.
De todos modos si aún no los has cobrado, ya tendrías que haber hecho la denuncia hace casi dos años.
Saludos desde ZARAGOZA... Goza


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Fulanito
Valladolid, España
Escrito por Fulanito el 23 de Octubre

No me referia a eso. Yo me refiero a la aplicacion de los niveles salariales. Vease en mi empresa han "ajustado" las categorias anteriores a los niveles x sueldo.
No se si me explico x ejemplo antes en mi seccion con 1. 70 era oficial de primero y ahora seria Nivel 12.
y en vez de dar el nivel 12 dan el 13 y sigues cobrando igual. Se inventan niveles que no existen en convenio para esta seccion.
Entonces mi pregunta es si cuando lo apliken como debe ser!
¿Esa diferencia que se ha recibido desde ENERO es con caracter retroctivo o no?


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Carlos Abuelo Jubiloso
Zaragoza, España
Escrito por Carlos Abuelo Jubiloso el 23 de Octubre

Los nuevos niveles salariales entraron en vigor el 1 de enero de 2009.
A cada categoría antigua le tienen que dar el nivel nuevo que le corresponde según las tablas que acompañan el convenio.
No pueden darte otra categoría que no sea la que te corresponde.
Si me dices exactamente de que trabajabas con el 1,70 te confirmaré la categoría real que tienen que haberte dado. Como sabes, antes había distintas puntuaci0nes para distintas categorías. Osea que me tiene que decir que eras oficial de................ , flexo, hueco, offset, tipografía etc.
La diferencia entre lo que cobrabas y lo que te corresponde es lo que te tienen que abonar desde el 1 de enero de 2009, que es cuando entraron en vigor las nuevas categorías.
Bien es cierto que hay un artíc. En el convenio que especifica que ese aumento por encima del convenio te lo pueden absorber de otras cantidades que cobrases extra (si las cobrabas)
Primero me aclaras lo de tu categoría y las dudas ya las hablaremos.
Un saludo desde ZARAGOZA... Goza


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