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Escrito por
Raquel
el 15 de Octubre
Buenos días, mi pregunta es la siguiente: he leído en la LAU que cuando se hace un contrato de alquiler el arrendador ha de censar ese contrato en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. ¿Sabe alguien como va este tema? ¿Qué hay que hacer, documentos, si hay que pagar,etc? |
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Escrito por
Amparo+bb
el 8 de Noviembre
Se trata de la Disposición Adicional Sexta de la LAU de 1994. |
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Al escribir en el debate:
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