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Calculo it por hospitalización

Susana
Barcelona, España
Escrito por Susana el 29/11/2007

Buenos días,

Este pasado mes de Noviembre he estado 15 días de baja por IT por una intervención quirúrgica con su hospitalización y su posterior convalescencia. Yo tenía entendido que al ser por este motivo cobraba el 100 % de la nómina. Pero mi sorpresa ha sido que me han descontado del total casi un 30%! ¿Alguién me puede decir si es correcto? Pertenezco al convenio de oficinas y despachos de Catalunya. Muchas gracias.


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Carlos Aaa Aaa
Asturias, España
Escrito por Carlos Aaa Aaa el 30/11/2007

Hola

Cuando estas por IT, por enfermedad comun, no importa si la enfermedad conlleva hospitalizacion o no, lo que percibirias seria el 60% hasta el dia 20 y el 75% a partir del dia 21. Esto se calcularia sobre la base de cotizacion del mes anterior a la baja

Un saludo


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Susana
Barcelona, España
Escrito por Susana el 30/11/2007
"Hola
Cuando estas por IT, por enfermedad comun, no importa si la enfermedad conlleva hospitalizacion o no, lo que percibirias seria el 60% hasta el dia 20 y el 75% a partir del dia 21. Esto se calcularia sobre la base de cotizacion del mes anterior a la baja
Un saludo
"

por carloscg (Noviembre 2007)

Gracias, pero tengo entendido que en el convenio de oficinas y despachos de Catalunya, si que lo diferencia! Por lo tanto, ¿Puedo reclamar?



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Carlos Aaa Aaa
Asturias, España
Escrito por Carlos Aaa Aaa el 30/11/2007

Hola Susana

Tienes razon, en el convenio hace referencia a ello, (perdona que no lo haya visto antes, pero lo general es lo que te he puesto en el post anterior), y dice lo siguiente en su art. 28:

Artículo 28. Prestaciones complementarias por enfermedad o accidente

 

La empresa deberá abonar prestaciones complementarias por incapacidad temporal en los siguientes supuestos y períodos:

 

a) En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral que no comporte hospitalización:

 

 

 

 

 

A partir del día 22 de la fecha que conste en el parte oficial de baja y hasta la fecha que conste en el parte oficial de alta, con una duración máxima de 12 meses.

 

b) En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral que comporte hospitalización:

 

A partir del día de hospitalización y mientras dure la misma y el período de convalecencia.

 

c) En caso de enfermedad laboral o accidente de trabajo:

 

A partir del hecho causante y hasta la fecha que conste en el parte oficial de alta.

 

La cuantía a complementar en los mencionados supuestos equivaldrá a la diferencia que pueda existir entre la prestación económica asignada al efecto por el vigente sistema de Seguridad Social respecto esta contingencia y el cien por cien del salario que, en su caso, tenga reconocido el trabajador, sin que en ningún caso pueda exceder del máximo de cotización legalmente establecido.

Con lo cual y segun el parrafo que te he puesto en negrita que seria tu caso, deberias de percibir el 100% de tu salario, con lo cual si tendras que reclamarlo, siempre a partir del dia de la hospitalizacion.

Espero haberte ayudado y suerte

Un saludo


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Maria Medina
Madrid, España
Escrito por Maria Medina el 07/09/2008

Mejor consigue y revisa lo que estipula tu convenio. Algunos convenios contemplan la "compensación" de la diferencia hasta el 100 % por la empresa. Sobre todo si hay hospitalización. 

Un saludo


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Noelia
Vizcaya, España
Escrito por Noelia el 18 de Septiembre

Hola!
Mi situación es la de estar de baja ahora mismo. Estuve cinco días ingresada y continuo de reposo por órdenes del médico.
Mi pregunta es sobre la remuneración de este mes. Creo que en la tercera baja ya no se cobra nada segun el convenio de limpieza de vizcaya, pero me causa duda el tema del ingreso hospitalario. Me ayudaría mucho si alguien me pudiera informar.
Muchas gracias de antemano.


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Escrito por Moreno el 29 de Septiembre

Buenos dias
si estas de baja por intervencion quirurgica y la hospitalizacion fue de un solo dia tienes derecho a cobrar el salario integro (menos los pluses ),esta baja es de mas de 15 dias ,yo tengo entendido que si ,haber si alguien me lo puede aclarar.
pertenezco al convenio de peluqueria.


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