Cálculo base reguladora

Escrito por Maria Elena Rodriguez De Urbina el 28/05/2005

Me gustaría saber, en caso de incapacidad total o absoluta, por accidente de trabajo, en qué momento se cálcula la base reguladora. El accidente fue hace 2 años y no cogí baja hasta pasado un año, ahora me enviaron al equipo de valoración de incapacidades, ¿En qué momento se cálcula la base reguladora para la pensión?


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Raquel
Sevilla, España
Escrito por Raquel el 14/07/2005

Estoy en la situacion siguiente:

Tengo 60 años y llevo trabajado 37 y me encuentro en esta situación

Llevo de baja por enfermedad unos 7 meses, por una operacion que me hicieron hace 2 en ambas rodillas, los cinco meses restantes fueron a la espera de dicha operación. Una vez que me operaron, y después de dos meses, como ya he dicho, me veo incapaz de volver a mi trabajo normal, aunque mi mayor objetivo es volver a trabajar. El inspector de la ss me quiere proponer para la incapacidad total, cosa que no me conviene por que se verían mermados mis ingresos, me ha dado hasta finales de agosto, fecha en la que tengo que ir de nuevo a verlo. Pero mi problema y pregunta es que si estoy incapacitado para volver a mi trabajo habitual, pero no a cualquier otro ¿Mi empresa tiene obligación a reubicarme en otro puesto? Y, si no es asi, ¿Pueden obligarme a cobrar ese dinero ya? El traumatologo me dice que tenga paciencia que esto lleva su tiempo y mas con mi edad, pero ¿No debería tenerla el inspector?


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Ramon
Barcelona, España
Escrito por Ramon el 15/07/2005
Llebo de baja 2/06/2005 po medio de la empresa para la que trabajo realizo en sumometo la opcion al articulo 69 RD 1993/1995 del 7/12 de foma que la pretacion economica por contingecia comu pasa a ser asumida por la mutua y no se acer los carculos de cobro

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Escrito por Juan el 01/12/2005
Mi padre cobra una pensidon de imcapacidad absoluta desde agosto del 2002 y la fecha de revision es a los dos años. Mi pregunta es si lo revisaran y cuando, ya que en la resulucion le pone. El director provincial del instituto nacional de la seguridad social acepta integramente el contenido de este dictamen propuesta elevandolo, en el dia de la fecha, a definitivo tiene 47 años y esta en tratamiento psiquiatrico y trabajaba de camionero. Y si lo revisaran que quiere decir elevarlo a definitivo

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Escrito por Gourmet el 26/12/2005

Hola, segun mi informacion, creo que se consideran los últimos 96 meses anteriores al motivo de la causa, o sea , desde que te aprueban la situacion de incapacidad, espero haberte ayudado,chao.



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Malpesa
Cuenca, España
Escrito por Malpesa el 11/01/2006

La base reguladora, se establece los 365 dias inmediatamente anteriores a la fecha del accidente, aunque la baja, sea posterior. De todas formas esa base se vera actualizada al dia de hoy, con las consecuentes revalorizaciones. La cuantia a percibir es un 55% hasta los 55 años, porteriormente un 75 % siempre que no estes dado de alta en la SS. Si el accidente de trabajo, se produjo como consecuencia de falta de medidas de seguridad, la empresa respondera con un % que varia desde el 20% hasta el 40%, depende de la inspeccion de trabajo. Saludos


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David
España
Escrito por David el 25/02/2006
Que diferencia hay de cotizar a media jornada o a jornada completa para el tema de la pensión que te va a quedar el dia de mañana. ¿Cómo se calcula?

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Francisco
Melilla, España
Escrito por Francisco el 13/01/2007
Tengo 45 años he trabajado  de electricista en los turismos y los ultimos años en maquinaria de obra publica. Hace cuatro años me detectaron una lucemia meloide cronica con lo que me dieron la incapacidad absoluta , pero en la revision a los dos años me la pasaron a total con lo cual mermo la pension, desde entoces he cambiado de trabajo tres veces por sentirme  incapacitado para de sarrollar los trabajos  a causa de mi cansancio por el tratamiento y por la discapacidad que tengo en los brazos de un acidente. Yo soy una persona muy activa que siempre tengo que hacer algo pero me veo impotente cuando tengo que realizar los trabajos para una empresa. Mi pregunta es si podría recuperar mi  incapacidad absouta ya que en tribunal me contestaron que podía hacer cosas mas sedentaria pero son mucho los efecto secundarios de la medicació9n

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Escrito por Juan el 24/03/2007

Tengo 61 años, y en la empresa se hara una ERE

Me gustaria saber como hacer el calculo de lo que me va a quedar de paga, teniendo mas 40 años cotizados y mas de 30 de antiguedad en la empresa

Un saludo


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Escrito por Juan el 22/05/2007

¿ se puede pedir las bases reguladora por internet?

¿ como? Gracias


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Luis
Guipúzcoa, España
Escrito por Luis el 28/03/2008

Marzo 2008

Tengo 61 años y estoy en paro. Cobraré el desempleo por ultima vez el proximo mes de Abril.

Reuno las condiciones para acceder a la Jubilación, pero no quisiera tener una reducción tan importante (28%), si lo hago. Por ello pienso en un Convenio Especial con la Seguridad Social, pero no se como calcular el tiempo que me interesa cotizar a partir de ahora, para alcanzar una Pensión proxima a la maxima y cuyo periodo de amortización no sea excesivamente largo.

Mis Bases de cotización han sido siempre las maximas.

¿Puede alguien ayudarme?.   Gracias.


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Escrito por Josep Sàbat el 02/06/2008
"JUNIO 2008
Tengo 61 años y estoy en paro. Cobraré el desempleo por ultima vez el proximo mes de SEPTIEMBRE
Reuno las condiciones para acceder a la Jubilación, pero no quisiera tener una reducción tan importante (28%), si lo hago. Por ello pienso en un Convenio Especial con la Seguridad Social, pero no se como calcular el tiempo que me interesa cotizar a partir de ahora, para alcanzar una Pensión proxima a la maxima y cuyo periodo de amortización no sea excesivamente largo.
Mis Bases de cotización han sido siempre las maximas.
¿Puede alguien ayudarme?.   Gracias.
"

por Luis (Marzo 2008)





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Sejo
Barcelona, España
Escrito por Sejo el 13/07/2008
" ¿ SE PUEDE PEDIR LAS BASES REGULADORA POR INTERNET?
¿ COMO? GRACIAS
"

por juan (Mayo 2007)





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Escrito por Mike el 10/11/2008

Por tu edad y la clase de incapacidad que te van a dar creo que te saldria mejor juvilarte. Ya que tiens mas de 34 años cotizados y 60 de edad te darán el 100% de cotización. De todas formas la empresa puede hacer dos cosas. O te despiden y te indebnizan o te ubican en otro puesto de trabajo eso es obligatorio.


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Escrito por Nuria González Gamallo el 26 de Febrero
"Marzo 2008
Tengo 61 años y estoy en paro. Cobraré el desempleo por ultima vez el proximo mes de Abril.
Reuno las condiciones para acceder a la Jubilación, pero no quisiera tener una reducción tan importante (28%), si lo hago. Por ello pienso en un Convenio Especial con la Seguridad Social, pero no se como calcular el tiempo que me interesa cotizar a partir de ahora, para alcanzar una Pensión proxima a la maxima y cuyo periodo de amortización no sea excesivamente largo.
Mis Bases de cotización han sido siempre las maximas.
¿Puede alguien ayudarme?. Gracias.
Agradecimientos recibidos:
Spain (1)
"

por Luis (Marzo 2008)




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Escrito por Veda el 24 de Agosto

Mi consulta es la siguiente: Tengo una lesion y me dicen que puedo pedir una pension del 55%, y que para calcular el total a cobrar de pension tengo que mirar los 5 ultimos años cotizados. Mi problema es que en estes ultimos cinco años he estado trabajando a jornada completa algunos meses pero la mayoria a media jornada y no se como calcular el importe. ¿Tengo que calcular el tiempo a media jornada contando que vale le doble? O hace media con su base de cotizacion con el tiempo a jornada completA?
Muchas gracias!


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