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Escrito por
Marta
el 28/08/2006
Sigo teniendo un poco de lio con los autonomos. El modelo 131 irpf, son retenciones a cuenta que hace hacienda no? Estas las hace a todos los autonomos... O solo a los de modulos estimacion objetiva? Los de directa normal y simplificada no? A parte de esta retencion que hace hacienda, hay otras retenciones 15% que se incluyen luego en la declaracion anual verdad? Y el modelo 310, IVA, tambien es trimestral... Y al final del año te dan un resumen anual, al que debes deducir el iva (gasto) que tengas y pagaras y punto no? Pero y el iva que has pagado durante los trimestres anteriores? GRACIAS DE ANTEMANO |
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Escrito por
Xtrex
el 28/08/2006
130 estimación directa 131 estimación objetiva 110 retenciones a profesionales, el 15 % que comentas |
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Escrito por
Nicasio
el 28/08/2006
No me extraña Marta que tengas un lio. Lo primero que necesitas conocer es a que forma de tributación se ha acogido " Tu autónomo ". ¿A la estimación directa mormal o simplificada? ¿A la estimación objetiva ( indices o modulos?. La respuesta a darte depende de que tu nos respondas a esta pregunta. Espero tu respuesta para poder ayudarte.Saludos.Nicasio. |
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Escrito por
Marta
el 29/08/2006
Esta en estimacion objetiva por modulos. Lo que quiero saber, es si, tiene que pagar irpf (131)e iva(310) cada trimestre. Y del irpf, que son retenciones no? Pero tambien le pueden retener de otros trabajos? Y luego en la declaracion de la renta poner todas las retenciones? Y respecto al iva, porque al final del año, le dan el modelo anual creo (390)? De donde hay que quitar el iva deducible de todo el año no? Pero y el iva ya pagado durante los trimestres anteriores? Gracias. |
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Alberto
el 29/08/2006
Cada trimestre tiene que presentar las correspondiente liquidaciones del 131 y 310. Los pagos que hace con el impreso 131 son pagos a cuenta del irpf o de la renta para la declaración que presenta el proximo año. Si en las facturas de el se aplica retenciones, estaria mal encuadrado porque los profesionales no pueden tributar por estimación objetiva. Con el iva pagado durante los tres trimestre anteriores, son pagos realizados a cuenta, y los tienes que incluir, en el resumen anual modelo 390. Con lo cual el pago del cuarto trimestre se le tiene que deducir los pagos anteriores. Si te refieres a retenciones en facturas que el recibe por trabajos o servicios prestados por otras personas, tendrias que presentar trismestralmente los siguiente impresos. Por el alquiler del local mod 115. Por trabajos realizados por profesionales modelo 110 |
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Alberto
el 29/08/2006
Con las prisas se me habia olvidado. Si tines que presentar el modelo 115 por tener un local arrendado tienes que presentar a final de año el modelo 180 (resumen anual) Si presentas el modelo 110 a final de año tienes que presentar tambien el modelo 190 (resumen anual) |
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Escrito por
Marta
el 30/08/2006
Pero si he soportado mas iva del que objetivamente me ha calculado que tengo que pagar cada trimestre, al final del año, deduzco solo lo que pague en los trimestres (objetivo) o tambien incluyo todo el iva soportado el objetivo y el que tengo a mayores. Un ejemplo mejor: 4 trimestres modelos 310, total iva: 1000. Y anualmente dice hacienda que pague 2000, de ahi, que tengo que deducir? Lo que ya pague solo, o todo el iva soportado (facturas) que tengo sin tener en cuenta lo que he pagado anteriormente? Gracias. |
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Mayte Sempere Pastor
el 13/09/2006
Hola, es la primera vez que entro en este foro y me encanta, porque tengo un monton de dudas, haber si me podeis ayudar. Hasta hoy una gestoria me lleva todo esto pero he decidido intentar hacerlo yo misma, yo soy autonoma y tengo como socio colaborador a mi padre, tambien tengo 2 trabajadoras, en el 110 tengo que sumar las nominas de ellas y las mias? |
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Escrito por
Mayte Ramirez Sanchez
el 16 de Octubre
El año pasado mi gestora me aplazo un modulo sin recargo no recuerdo si fue el 131 o el 115? Alguien me puede ayudar? |
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Escrito por
Mayte Ramirez Sanchez
el 16 de Octubre
Alguien me podia explicar de que va la simplificada? |
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