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Escrito por
Vitervo G. De Los Santos P.
el 23/01/2006
Deseo saber todo lo relacionado con:
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Escrito por
José Luis Pérez Martínez
el 29/01/2006
Para responder a las preguntas que planteas necesitarías recibir una estantería completa de libros. Aunque claro... La respuesta más concreta sobre ¿Cuándo se aplica el Derecho extranjero? Es: 1º) Cuando, a la vista del supuesto (caso concreto), el punto de conexión de la norma jurídica a aplicar nos remita , para su solución, a un Ordenamiento Jurídico extranjero. 2º) También es posible por PACTO EXPRESO A TÁCITO DE LAS PARTES DE APLICACIÓN DE UN DERECHO EXTRANJERO, en algunos supuestos. 3º) También en los casos en que, siendo de aplicación un Derecho extranjero, la parte no lo reclama y acaba aplicandose el Derecho interno "ajeno"... Ejemplo: un Argentino en España puede, en determinados supuestos, tener derecho a que se aplique la Ley Argentina, sin embargo, no la reclama en juicio y se le aplica la Española. En ese caso, deberá acatar lo dictado por la ley Española, la cual le es ajena. Repito... Sólo en determinados supuestos. |
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Escrito por
César Lincoln Candela Sánchez
el 02/02/2006
En cuanto a las excepciones a la aplicación del derecho extranjero se debe tener en cuenta el orden público internacional y el caso del fraude a la ley. No olvidemos que al referirnos a la institución de la aplicación al derecho extranjero, no se refiere únicamente al derecho escrito (al derecho positivo) sino también al precedente jurisprudencial, a la costumbre internacional, etc. Por otro lado, el tema de la aplicación del derecho extranjero no supone que se debe aplicar la ley, vigente al momento de la interposición de la demanda, sino puede ocurrir que tenga que aplicarse incluso una ley anterior, pero que era la vigente, por ejemplo, cuando se dió el deceso de una persona (la causa). Asímismo, en el tema de la aplicación del derecho extranjero, hay que observar el tema de su traducción y el tema de la prueba (pericial, documentaria, etc, lo cual coayuvará a que, por ejemplo, si el juez peruano debe aplicar el derecho español, lo pueda aplicar de acuerdo al sistema al que pertenece ese derecho; dicho en otras palabras, deberá hacer la misma lectura que haría un juez en España de su propio derecho. Por otro lado, en el tema de la aplicación del derecho extranjero existe, digamos una relación trinitaria, por la cual concierne a las partes probar el derecho, pero ello no obliga al juez, quien podrá obtener prueba de la existencia, sentido, alcances, interpretación y vigencia del derecho extranjero, a partir de la cooperación internacional. Finalmente, pueden darse situaciones en que pueda plantearse una casación si una Sala de Justicia que debió aplicar el derecho extranjero a la relación privada internacional no lo hizo. Y ahora si termino.... Podría revisar la CIDIP II de Montevideo de 1979, sobre prueba del derecho extranjero. Espero que haberla ayudado. |
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Escrito por
José Luis Pérez Martínez
el 03/02/2006
Sí Cesar, Veo que eres de un País Americano. Muchas de tus apreciaciones coinciden con la ley aplicable en asuntos de Derecho Internacional Privado en España. Sin embargo... Un tribunal Español núnca aplicaría una excepción de orden público "internacional", siempre aplicaremos la excepción del Orden Público Interno, ya que "nuestros" principios siempre estarán por encima de los ajenos... Por ejemplo: El Juez Español que juzga un caso de divorcio entre dos personas de nacionalidad extranjera, habiendose celebrado el matrimonio en el pais de origen de los casados y siendo de aplicación la Ley personal de los contrayentes..... Si, por caso, el marido tuviera cualquier derecho o privilegio contra el derecho de su cónjuge: ej: repudio, patria potestad automática sobre los hijos... Etc... Esos derechos serían contrarios a nuestra Ley y por tanto: el Juez Español aplicará la Ley Española (por excepción del orden público), de forma tajante e impedirá cualquier privilegio del cónyuge, por muy legítimo que ese privilegio pueda ser según la Ley Personal del desposeido. Tengo curiosidad por saber si en tu País se aplica esa "especie de orden público internacional" a la que haces referencia. ¿Qué cuerpo legal internacional es de aplicación en tu país, en referencia a las execepciones por orden público internacional?' Atentamente |
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Escrito por
Johel Reyes
el 13/04/2006
Quisiera que me ayudaran con las siguientes preguntas. - cuales son las leyes de orden privado . Cuales son las leyes de orden publico interno - Cuales son las leyes de orden publico internacional. Esperando respuesta. Atte. Johel. |
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Escrito por
Edgar Martin Gomez Aviles
el 04/07/2006
Soy estudiante de la lic. En derecho y deseo saber todo lo posible acerca de la aplicacion del derecho internacional. |
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Escrito por
Edgar Vilcanqui
el 09/11/2006
Deseo saber todo lo relacionado con:
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Escrito por
Paulina Vazquez
el 12/11/2006
Quiero saber si hsy alguna posible respuesta a lo siguiente: Tentativa de solucion en el ambito internacional y aplicacion del derecho extranjero asi como de la importancia de las personas fisicas y morales en el derecho internacional privado |
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Escrito por
Karo Salazar
el 10/02/2007
Hola soy estudiante de derecho deseo que que me envie casos de derecho internacional privado |
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Escrito por
Gustavo Trejo Quiroz
el 28/02/2007
Quisiera saber cual es la naturaleza juridica del derecho extranjero y ampliar un poco mas referente a su aplicación
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Escrito por
Jorge
el 26/03/2007
Un favor donde puedo encontrar informacion sobre los limites de la aplicacion del derecho extranjero es urgenteeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeee
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Escrito por
Karen
el 02/05/2007
Deseo saber todo acerca del derecho extranjero y de su aplicacion
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Escrito por
Karen
el 02/05/2007
Deseo seber la aplicacion ,prueba e interpretacion del derecho extranjero, la naturaleza juridica de la ley extranjera
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Escrito por
Valeria
el 22/05/2007
El derecho de orden privado, es el derecho positivo de un pais, que rige las relaciones entre particulares. El orden público inteacional, es el límite que tiene un estado para aplicar el derecho extranjero, cuando este colisiona con las normas de orden publico itneo. El orden publico inteo, son aquellas normas inspiradas en razones sociales, morales o religiosas, que son indisponibles por las partes, forman parte del derecho coactivo. |
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Escrito por
Valeria
el 22/05/2007
Los limites a la aplicacion del derecho extranjero estan dados por: El orden publico itneacional Las normas de policia El fraude a la ley |
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Escrito por
Josefa Domínguez T.
el 23/05/2007
Muy bien su respuesta, por favor podría decirme dos casos de excepción de aplicación de Derecho Extranjero?. Graaaaacias.
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Escrito por
Mercedes Mendoza
el 12/06/2007
Necesito por favor esta informaciòn y la diferencia que existe entre el sistema de Derecho Internacional Venezolano y La Ley extranjera
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Escrito por
Edgar Nateron
el 20/08/2007
Hola a todos
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Escrito por
Ana
el 27/08/2007
Me urge tener una definicion concreta
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Escrito por
José Luis Pérez Martínez
el 22/12/2007
"Muy bien su respuesta, por favor podría decirme dos casos de excepción de aplicación de Derecho Extranjero?. Graaaaacias. " por josefa domínguez t. (Mayo 2007)
En realidad existen muchos supuestos generales en los que ningún derecho extranjero, por muy "legal" que pueda ser en el país cuyo derecho se pretende invocar, podrá ser aplicable; por ejemplo: AQUELLAS SITUACIONES DE LAS QUE SE DERIVAN UN ENRIQUECIMIENTO INJUSTO EN GENERAL: * Pensemos en ordenamientos jurídicos en los que una persona, por el simple motivo de ser -por ejemplo- un hombre podría enriquecerse injustamente a costa de otra persona (su mujer, su madre, su criada...). AQUELLAS SITUACIONES QUE SE PRETENDAN FAVORECER EN CONTRA DEL VIEJO PRINCIPIO DE LOS "PROPIOS ACTOS". AQUELLAS SITUACIONES QUE SON RADICALMENTE CONTRARIAS A LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE NUESTRA CONSTITUCIÓN, O RADICALMENTE OPUESTAS A RECONOCIDOS DERECHOS HUMANOS. AQUELLAS SITUACIONES QUE PUDIERAN RESULTAR DE LA APLICACIÓN DE DERECHO EXTRANJERO, PORQUE PUDIERAN SER CALIFICADAS COMO DELITO EN ESPAÑA O FUERAN CONTRARIAS AL ORDEN PÚBLICO, A LA MORAL... ejemplo: poligamia. Después.. -Y DENTRO DEL MARCO DEL Derecho Internacional Públicotambién existen otras reglas que generalmente se encuentran recogidas en los propios tratados o relaciones internacionales de carácter consuetudinario, o que se derivan de ellos; tal puede ser la llamada RESERVA, EXCEPCIÓN O PACTO DE RECIPROCIDAD. Por ejemplo: España reconoce el derecho de "cualquier" persona a establecer una empresa en España. SIN EMBARGO, si -por ejemplo- un ciudadano de la Conchinchina pretende establecer una empresa en España y la Ley Conchinchina EXPRESAMENTE prohíbe a un Español establecer una empresa en ese idílico país... Aludiendo -dentro del marco del Derecho Internacional Público a la falta de reciprocidad y por tanto, DESAUTORIZAR al Conchinchino a establecer la empresa. Claro, repito, ahora hablamos de DIPco. |
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Al escribir en el debate:
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