Home > Foro de Seguridad Social >

Debates de Seguridad Social > Alta por mejoria o alta por curacion

Alta por mejoria o alta por curacion

Escrito por Manolo Garcia el 22/10/2008

Hola ,,,DRUIDA gracias por tus respuestas se no ta que eres buena en esto

El tema es que quiero saber las posibles diferencias administrativas etcccc entre el alta por curacion y alta por mejoria

La cuestion es que voy a solicitar el alta pero claro no quiero la voluntaria si no que ellos me den el alta como por curacion no va a ser pues me la daran por mejoria.


Citar  |  
Ver mensaje      

Druida
España
Escrito por Druida el 22/10/2008
Hola Angel, administrativamente es lo mismo alta por curación que alta por mejoría, es decir, cualquiera de las dos implica reincorporación al trabajo y que te den de alta en IT. Desde el punto de vista médico, pienso, pués no lo sé seguro, que un alta por mejoría puede tener ciertas limitaciones a la hora de incorporarte al trabajo y deja entrever que puedes, al no estar curado totalmente, volver a recaer. Aunque sinceramente no se si esto se tiene en cuenta. Porque también pueden darte alta por curación, empezar a trabajar y recaer.

Citar  |  
Ver mensaje     

Manolo Garcia
Valencia, España
Escrito por Manolo Garcia el 23/10/2008

Muchas gracias druida , de corazon

¿Posibilidades de que concedan una ipt por protesis de cadera siendo el oficio electricista o electromecanico industrial?


Citar  |  
Ver mensaje     

Druida
España
Escrito por Druida el 23/10/2008

Ojalá fuera tan fácil dar una valoración. He visto de todo. Personas con la misma dolencia y patología y darle una total o una absoluta o incluso denegársela. Por ejemplo: con las hernias discales. Sé que valoran más cosas: la edad, por supuesto el tipo de trabajo, la preparación de la persona. De hecho se rellena un impreso que mandamos al EVI en el que se pide entre otros datos: los estudios del interesado. Hay quien dice también que hay que saber llorar. En esto yo aconsejaría prudencia, los médicos no son tontos, aunque es cierto que hay dolencias que es dificil medir, como una depresión. Eso ya va en cada uno si le quiere echar o no cuento a la historia.



Citar  |  
Ver mensaje     

Manolo Garcia
Valencia, España
Escrito por Manolo Garcia el 24/10/2008
Hola buenos dias,,,druida respecto alo que se dice y esta publicado de las reformas inminentes para las pensiones etcccc de la segruidad social... Afectara o has oido algo para las incapacidades ,,,,cual es tu opinion?

Citar  |  
Ver mensaje     

Manolo Garcia
Valencia, España
Escrito por Manolo Garcia el 24/10/2008
El tema es que estoy entre solicitar una ipt o incorporarme con dolores y secuelas  al trabajo y no se que hacer ,,,,si incorporarme y solicitar la ipt despues de probar trabajar ,,o,, solicitarla antes de la incorporacion a peticion de mutua ,,,,el tema es que cambien las prestaciones y sean a peor ( por eso la duda) como normamlmente es  y suele ser siempre que se reforma se tiende a perjudicar al trabajador. Que te suguiere este tema?

Citar  |  
Ver mensaje     

Druida
España
Escrito por Druida el 24/10/2008

Angel que yo sepa no hay prevista ninguna reforma. La última es de diciembre de 2007, la Ley 40/2007 que ha empezado a aplicarse en enero de 2008. Esa si ha supuesto una gran reforma en las pensiones y ha afectado a la incapacidad permanente, entre otras cosas: se tiene en cuenta los años de cotización más los que le quedan para cumplir los 65 años, y si no alcanzas 35 años cotizados te rebajan un porcentaje de la base reguladora (igual que en jubilación). Desconozco que vaya haber otra. Aunque reconozco que en época de crisis no saben por donde empezar a meter mano para rebajar la deuda, y a veces empiezan a lanzar rumores, que luego terminan siendo ciertos.

Es difícil aconsejar cuando no se está en el pellejo de uno. Cierto que trabajar, si tu trabajo es llevadero y lo ganas decentemente, siempre es mejor que una ipt, y si además no tienes 55 años, te queda el 55% de la base reguladora, eso supone una gran reducción de los ingresos. Pero por otro lado si uno no está en condiciones de trabajar, seguir ahí , consumiendo más su salud... Tampoco me parece bien.

Hay personas que tienen la suerte (dentro de la mala suerte de estar enfermos) de que le reconozcan una ipt y se buscan un trabajo que pueden desempeñar sin problemas por su enfermedad, pero esos son los menos.


Decidas lo que decidas, suerte.


Citar  |  
Ver mensaje     

Luisa Alvarez
Ciudad Real, España
Escrito por Luisa Alvarez el 21 de Octubre

Hola druida. Una duda tengo. El médico de cabecera puede negarse a darte el alta por mejoría si tú s ela pides? Muchas gracias


Citar  |  
Ver mensaje     

Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 21 de Octubre

Hola Luisa, por supuesto que puede negarse a darte alta por mejoría si considera que no estás en tal situación. Piensa que es responsabilidad de tu médico evaluar tu enfermedad y decidir si estás o no bien para trabajar.


Citar  |  
Ver mensaje     

Luisa Alvarez
Ciudad Real, España
Escrito por Luisa Alvarez el 22 de Octubre

Gracias Druida. Y en el caso de que me la de por mejoría para trabajar, y yo decida acogerme al convenio especial para autónomos (aquel que me permitirá seguir cotizando al cerrar mi negocio), y por lo tanto no volver al puesto de trabajo. Esto me podría acarrear algún problema con el INSS o la Seg. Social? Muchas gracias


Citar  |  
Ver mensaje     

Druida De La Galia
Chequia, Chequia
Escrito por Druida De La Galia el 22 de Octubre

Con tu alta en regla y cotizando no tienes porqué tener ningún problema, ¿Qué problemas crees que podrías tener? Te lo pregunto por si tus dudas van en alguna línea que yo ahora no veo.


Citar  |  
Ver mensaje     


Responder


Quiero recibir alertas por email cuando haya mensajes nuevos en este debate

Al escribir en el debate:
  1. Repasa la ortografía y no escribas en formato SMS.
  2. Lee el texto dos veces antes de publicar.
  3. No escribas todo en mayúsculas o negritas.
 
Páginas internacionales: España  |  Italia  |  Francia  |  México  |  Alemania  |  Reino Unido  |  Argentina  |  Chile  |  Colombia  |  USA

Búsquedas frecuentes: definicion de costos y gastos limites de control quien invento microssof office como acotar avitil

Emagister cumple la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y posee el código de inscripción nº 2002010053 del Registro General de la Agencia de Protección de Datos. Copyright © 1999/2000 - Grupo Intercom - Todos los derechos