El objeto de estudio de este grupo de CRIMINALÍSTICA, lo constituyen todas aquellos elementos, que son producto del delito, que son utilizados para cometer el delito o bien, que son parte del delincuente, la víctima o el lugar en que se cometió el delito, por ejemplo: un arma, un cabello, manchas de sangre, un cadáver, tierra, etc. El análisis de estos indicios o evidencias (como se denominan en el proceso penal y en la Criminalística), son parte de un triangulo, VICTIMA, VICTIMARIO Y ESCENA DEL CRIMEN, pues, según la tesis de Lockard, el delincuente siempre se lleva consigo, algo de la víctima y de la escena del crimen, y este a su vez, deja en la víctima y en la escena del crimen, algo de él, por lo que los estudios y análisis de los indicios, deben comprobar (más allá de toda duda razonable) la relación que existe entre los tres componentes del acto criminal (lugar de consumación del delito, sujeto pasivo del delito y sujeto activo del delito). CIENCIAS AUXILIARES DE LA CRIMINALÍSTICA:Los campos del conocimiento científico de los cuales se auxilia la Criminalística, son: A) Antropología Forense; B) Balística (interna y externa); C) Biología Forense; D) Química Forense; E) Medicina Forense; F) Lofoscopia; G) Dactiloscopia; H) Toxicología Forense; I) Grafología Forense; J) Grafotécnia; K) Documentoscopía; L) Entomología Forense; M) Odontología Forense; N) Psicología Forense Ñ) Psiquiatría Forense,... PS: La Criminología y la Criminalística son ciencias diferentes, la primera estudia al criminal y el crimen, buscando la prevención del mismo y, la segunda estudia todos aquellos indicios que puedan llevar a la vinculación de un sospechoso con la víctima y la escena de un crimen, para demostrar su culpabilidad en juicio posterior. La Criminología y la Criminalística, son ciencias distintas, tanto en su objeto de estudio como en su posición en la clasificación de las ciencias, sin embargo, tienen algo en común, ambas contribuyen al Derecho Penal, la primera para crear nuevas políticas criminales y como fuente del derecho y la segunda para lograr la justa aplicación de justicia, a quien ha lesionado un bien jurídico tutelado por el Derecho Penal.